La Corte de Constitucionalidad (CC) denegó de forma definitiva ayer una acción de inconstitucionalidad planteada por el ex presidente Vinicio Cerezo, quien pretendía postularse como candidato presidencial para los próximos comicios electorales en el país.
En el fallo se consigna que “declarar una inconstitucionalidad de lo constitucional implicaría una crítica tensión social por sostener una paradoja u oxímoron destructor de la seguridad jurídica que el concepto de supremacía implica”.
El Artículo 268 de la Carta Magna señaló que la CC tiene como función esencial la defensa del orden constitucional. La CC ordenó el archivo del expediente 2269-2006, relacionado al caso.
En la acción de inconstitucionalidad presentada, Cerezo argumentó que en otros artículos de la norma se garantizan los derechos fundamentales e inherentes a la persona. Expone que la prohibición constitucional de que un ex presidente electo pueda optar de nuevo a la Presidencia de la República implica homologarlo a los casos de ex presidentes de facto. “Dicha interdicción es discriminatoria, pues no se establece para otro tipo de funcionarios electos que es, además, infractora del principio de soberanía popular porque impide a los ciudadanos elegir con libertad las opciones que pudieran ofrecerse”, refiere en su alegato.
La CC menciona que sería ocioso solicitar que el interesado precise su accionar, ya que no hay forma de emitir una declaración jurídicamente válida. “Cuando existen leyes, reglamentos o disposiciones de carácter general que contienen vicio parcial o total de inconstitucionalidad, puede presentarse un recurso parcial o total de inconstitucionalidad”, indicó el magistrado José Rolando Quesada Fernández.
elPeriódico se comunicó por la vía telefónica con Cerezo, quien se limitó a indicar que no comentaría los términos de la resolución.
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