He leído la respuesta de José Quezada Fernández, que por cierto no aclara nada, a mi carta sobre el tema de las indemnizaciones, el que también ha sido abordado por algunos columnistas, calificándolas de inmorales. Si la han recibido o no los magistrados, la cuestión está en que de acuerdo con la Constitución Política, los cargos de magistrados se desempeñan por un tiempo determinado y es una función administrativa- jurisdiccional, que no configura una relación laboral sujeta a los principios y normas del Derecho Laboral en donde se regula la indemnización por despido injusto.
Es cierto que se contempla en algunos aspectos la indemnización en la administración pública, pero éste no es el caso, porque el cargo de magistrado de la Corte Suprema tiene un plazo fijo y, por ende, se sabe de antemano cuando termina el período de sus funciones. Ninguna ley, tratado, pacto o convenio es superior a la Constitución. El riesgo que corren los magistrados por el ejercicio de su función no tiene nada que ver con el tema de la indemnización. Es cierto, también, que siempre he sido un crítico de la administración de justicia, porque la pobre siempre ha estado por los suelos; constantemente los ciudadanos, las asociaciones locales y los organismos internacionales dan cuenta de ello, y mi crítica en cierto modo creo que ayuda –iluso que es uno– a mejorarla, la que está sustentada en el derecho fundamental que me otorga la Carta Magna de criticar los actos efectuados por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos.
Al final, Quezada Fernández acepta que recibirá su indemnización porque “cree” que está conforme a la Ley y a la moral y porque defiende la posición de sus pares. Sobre lo que diga el Estatuto del Juez Iberoamericano, por ahora sólo me interesa la prevalencia de la Constitución Política y la moralidad, así como el destino de nuestros impuestos. Me gustaría que Quezada Fernández leyera Elogio de los jueces, escrito por un abogado del gran jurista italiano Piero Calamandrei.
0 comentarios: