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Guatemala, jueves 13 de enero de 2005

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Opinión:

La ley se cumple o se cumple

El imperio de la ley se traduce en la realidad y vigencia adecuadas de las leyes; y, asimismo, en el sometimiento a éstas por igual a gobernantes y gobernados, sin privilegios ni discriminaciones...

elEditorial

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El imperio de la ley se traduce en la realidad y vigencia adecuadas de las leyes; y, asimismo, en el sometimiento a éstas por igual a gobernantes y gobernados, sin privilegios ni discriminaciones de clase alguna. Bajo el imperio de la ley, los mandatos de ésta deben ser acatados, cumplidos y no discutidos (Lex jubeat, non disputet). Las leyes tampoco deben ser juzgadas (Non sunt judicandae leges), sino que debe juzgarse según ellas.

En tanto esté vigente, la ley es infalible, debe observarse y hacerse valer por los Organismos Ejecutivo y Judicial. El Ejecutivo, por su parte, debe velar por el cumplimiento de la ley, en tanto que los tribunales de justicia deben restablecer, con absoluta imparcialidad y celeridad la soberanía legal.

Cuando no rige el imperio de la ley, entonces se da paso a la anarquía, al caos proveniente de gobiernos sin autoridad, a la impunidad en lo delictivo, a la arbitrariedad y a la subversión.

En ese sentido, Guillermo Cabanellas afirma que el imperio de la ley subsiste, en todas las esferas, mientras cada cual conoce y ejerce sus derechos, con criterio social; y en tanto que todos cumplen con sus obligaciones y deberes, que permiten la hermandad de la ética con el derecho.

Por supuesto, las leyes pueden ser reformadas, sustituidas por otras o, incluso, derogadas por el Poder Legislativo, cuando las mismas no responden a la voluntad general o no se ajustan a la realidad imperante. La Constitución misma puede sufrir cambios o modificaciones.

No obstante, eso no significa que, en tanto las leyes estén vigentes en un régimen de legalidad democrática, puedan ser desobedecidas apelando a objeciones de conciencia o simplemente burladas. Si alguno no está de acuerdo con la vigencia de una ley, lo procedente es que promueva su reforma o supresión por los canales adecuados.

Por otro lado, los tribunales de justicia son los únicos que pueden intepretar y aplicar las leyes a los casos concretos. Sus fallos y resoluciones deben ser acatados y cumplidos de inmediato, le pese a quien le pese y le cuadre a quien le cuadre. El primero que debe velar por la plena efectividad de las sentencias de los tribunales es el Organismo Ejecutivo, porque a él le compete velar por el cumplimiento de la ley. !Sed lex, dura lex!

Los que pretenden obstaculizar, impedir, criticar o retardar el cumplimiento de las resoluciones judiciales deben ser castigados, porque alientan y estimulan el desorden público, la inseguridad jurídica y la desmoralización ciudadana.
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