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Guatemala, jueves 05 de enero de 2006

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Opinión:

Acceso a la información materia pendiente

El acceso a la información pública es un derecho inherente al ejercicio de la libertad de expresión de ideas, consagrado en la Constitución.

elEditorial

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El acceso a la información pública es un derecho inherente al ejercicio de la libertad de expresión de ideas, consagrado en la Constitución.

El derecho de acceso a la información pública está consagrado en los artículos 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; 19, inciso 2), del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 13, inciso 1), de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 30, 31 y 35, párrafo quinto, de la Constitución; y 5 de la Ley de Emisión del Pensamiento.

Sin embargo, en nuestro país este derecho no es totalmente efectivo, ya que la gran mayoría de funcionarios y empleados públicos continúan resistiéndose u oponiéndose a permitir que los ciudadanos puedan acceder libremente a los archivos, registros y expedientes públicos.

Simplemente no existe cultura de transparencia en el sector público. Tampoco hay voluntad política para erradicar de una vez por todas el grueso de la corrupción en el Estado. Todo se quiere manejar en secreto o bajo sigilo. Ninguno quiere que se sepa cómo se gasta ni en qué se gasta. No hay interés en que la gente tenga acceso a los bolsones del despilfarro y del derroche.

Por tanto, resulta imperativo que el Congreso finalmente apruebe la Ley de Libre Acceso a la Información, que contempla un procedimiento judicial, abreviado y expedito, a través del cual se pueda obligar a los funcionarios y autoridades públicas a que permitan el acceso seguro y cierto a las fuentes de información, bajo apremios eficaces e inminentes, que, de conformidad con lo que dispone el artículo 30 de la Constitución, no estén sujetas a secreto de Estado (asuntos diplomáticos o militares de seguridad nacional o datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia) ni a reserva legal (en el caso de la investigación criminal, por ejemplo).

En gran medida, la transparencia y el combate contra la corrupción dependen del control ciudadano que pudiera derivarse de la efectividad del acceso a la información pública. Sin una información completa y suficiente resulta difícil fiscalizar y controlar. Sin información confiable la auditoría social se torna lírica e irrelevante.

El libre flujo de información pública hacia la ciudadanía garantiza la participación y que exista el análisis, la reflexión, el cuestionamiento, la crítica, la corrección y la moderación. El acceso a la información conduce a la verdad y ésta es un factor clave para una sociedad genuinamente democrática.
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