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Guatemala, viernes 18 de mayo de 2007

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Actualidad: Nacionales (solo en la web)

Resolución de la CC pone en crisis las consultas populares de vecinos

El Código Municipal es, según los expertos, un decreto lleno de defectos y con aspectos inconstitucionales. Actualmente, el sufragio vecinal se hace sin conocer el padrón y sin que el TSE lo supervise.

Enrique Naveda

Fuente menor Fuente normal Fuente grande
El pasado martes 15, la Corte de Constitucionalidad (CC) declaró inconstitucional la consulta popular realizada en Sipacapa, San Marcos, en junio de 2005, acerca de la mina Marlin. La resolución descubre algunas de las ambigüedades e incoherencias del sistema de consulta de vecinos. Por eso la propia CC recomendó al Congreso que lo regule con mayor claridad.

La Constitución Política designa dos tipos de consultas populares. Las vinculantes son aquellas que tienen fuerza de ley. Las indicativas sirven para auscultar el sentir de la población con respecto a cualquier asunto.

Según Mario Fuentes Destarac, presidente del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon), el primer grupo incluye únicamente las consultas sobre las reformas de la Carta Magna y el acuerdo definitivo sobre Belice.

El resto de los sufragios consultivos servirán únicamente para conocer la opinión de la población, pese a que el Código Municipal, Decreto 12-2002, indique que las consultas de vecinos pueden tener carácter obligatorio.

Una ley llena de vacíos


Actualmente, las consultas de vecinos se realizan conforme a un decreto que tiene demasiados vacíos. Por ejemplo, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), organismo máximo en los sufragios, ni las supervisa ni entrega los padrones necesarios para conocer quiénes son vecinos del municipio y, por tanto, tienen derecho a votar.

De acuerdo con Fuentes Destarac, para solucionar este aspecto urge una reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos.

Luis Linares, analista de la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asies), está de acuerdo: “El TSE debe verificar la legalidad y la pureza de la consulta” porque podría suceder que la propia municipalidad fuera parte implicada. Supongamos que el alcalde esté interesado en autorizar una obra, ilustra. “No puede ser juez y parte”.

“La única institución que puede definir un procedimiento concreto es el TSE”, asegura la abogada constitucionalista Anabella Morfín.

Sin abusar


Pese a ello, las consultas populares de vecinos son relevantes como una forma de fortalecer y legitimar la democracia.

Linares cree que, como forma de participación, son un modo para que los ciudadanos se impliquen en los asuntos públicos, aunque opina que no se debe abusar de ella. “Si no, ¿para qué elegir representantes?”, inquiere. Además, argumenta que el auge que han experimentado en el país en los últimos años obedece en parte a un mayor interés de la gente por los problemas de la comunidad; y en parte al empuje de los activistas, que fomentan la inconformidad de la gente.

Sergio Leonel Celis Navas, diputado de la Unión Nacional de la Esperanza y presidente de la Comisión de Asuntos Municipales del Congreso, considera que el apogeo se debe a que la mejoría académica nacional se traduce en un mayor control de las autoridades por parte de la población. Y tiene fe en la capacidad de estas consultas para fortalecer las instituciones y legitimar el gobierno de los alcaldes.

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2 comentarios:

  1. Carlos Quezada: (2007-05-18 14:56:30 horas)
    Los que pasa con esto, es que si esto es así, YO puedo hacer mi consulta popular por ejemplo, sobre prohibir la sobreexplotación del recurso suelo y el avance de la frontera agrícola que se termina los pocos arboles que hay, con una consulta así puedo hacer que ningún campesino siga degradando el medio ambiente. Es más ese tipo de consultas se pueden girar hasta prohibir ciertas religiones, usar el pelo largo, o minifalda, osea el problema con las consultas es que se establece el libertinaje de unos contra otros para opornerse lo que se les viene en la mente en relación a sus intereses. No hay razón para hacer estas consultas, en los EIA´s de cada proyecto la LEY exige un sondeo de opinion y el MARN puede decidir Si un proyecto se aprueba o NO. La Ley ya está, hecha, el problema es no seguirla...
  2. juan pablo escobar: (2007-05-18 06:26:56 horas)
    No es relevante que ciertas consultas populares sean o no vinculantes. Lo importante es que la gente del lugar se exprese y que los interesados en meter proyectos con efectos negativos en el ambiente no serán bienvenidos. Y que si de todos modos los empresarios dicen "este macho es mi mula", que se atengan a las consecuencias. Ahora que si la gente se deja manipular por algún cacique que tiene intereses espesciales (como el dueño de cierta finca de SJS), mala suerte, porque también existe el derecho a ser manipulado o más bien derecho a ser mula.
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