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Guatemala, viernes 15 de junio de 2007

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Opinión:

Impugnación de las escuchas

En octubre de 2006, algunos estudiantes de Derecho de la Universidad Francisco Marroquín, con el apoyo de su catedrático, procedieron a impugnar, con base en razonamientos válidos, ante la Corte de Constitucionalidad (CC) las disposiciones de la Ley...

elEditorial

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En octubre de 2006, algunos estudiantes de Derecho de la Universidad Francisco Marroquín, con el apoyo de su catedrático, procedieron a impugnar, con base en razonamientos válidos, ante la Corte de Constitucionalidad (CC) las disposiciones de la Ley de la Dirección General de Inteligencia Civil y de la Ley contra la Delincuencia Organizada, que autorizan las escuchas e interceptaciones telefónicas y de otros medios de comunicación. 

A su juicio, las disposiciones violan el Artículo 24, párrafo primero, de la Constitución, que consagra el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones, el cual textualmente dice: “Se garantiza el secreto de la correspondencia y de las comunicaciones telefónicas, radiofónicas, cablegráficas y otros productos de la tecnología moderna”. En todo caso, nuestra Carta Magna, además de que no admite excepción alguna a la regla que garantiza el secreto de las comunicaciones, dispone que las informaciones obtenidas con violación a dicha garantía constitucional no producen fe ni hacen prueba en juicio.

El Artículo 4 de la Ley de la Dirección General de Inteligencia Civil dispone que, en los casos donde existan indicios de actividades del crimen organizado con énfasis en la narcoactividad y la delincuencia común, en las que hubiere peligro para la vida, la integridad física, la libertad y los bienes de personas determinadas, el Ministerio Público puede solicitar, como medida de urgencia, la autorización judicial para intervenir temporalmente comunicaciones telefónicas y radiofónicas, electrónicas y similares. A su vez, el Artículo 48 de la Ley contra la Delincuencia Organizada establece que cuando sea necesario evitar, interrumpir o investigar delitos imputables al crimen organizado (conspiración, lavado, terrorismo, corrupción, narcotráfico, contrabando, intermediación financiera, asesinato, secuestro, estafa, quiebra, etcétera) podrá interceptarse, grabarse y reproducirse, con autorización judicial, comunicaciones orales, escritas, telefónicas, radiotelefónicas, informáticas y similares, que utilicen el espectro electromagnético, así como cualesquiera de otra naturaleza que en el futuro existan.

La acción de inconstitucionalidad presentada por los estudiantes está pendiente de resolver ante la CC, a pesar de que los dos meses previstos en la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad para que la CC resuelva, ya hace bastante que transcurrieron.  Conviene que la CC se pronuncie en definitiva sobre este asunto, especialmente ahora que el Organismo Ejecutivo ya reglamentó lo relativo a las escuchas telefónicas.

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5 comentarios:

  1. José Chun: (2007-06-15 17:46:08 horas)
    Debemos defender la constitución vigente, si es posible, hasta con nuestra vida. Pero la que tenemos debemos de cambiarla para que tengamos un estado de derecho más robusto. Nuestra constitución esta muy mal pensada, por ejemplo: cuando la policia captura a una persona debe ponerla a disposición de un juez competente dentro de las 6 horas siguientes, hay muchos lugares en Guatemala que están a más de 6 horas de un juez competente, ¿que se hace en estos casos? pues se incumple la consitución o la ley. Si lo captura la pólicia incumple con el precepto constitucional, si no lo captura incumple con el códgio penal. Asi como esto hay muchas cosas, por eso hay que crar las condiciones para cambiarla para mejorar; mientras tanto, hay que defenderla hasta con la vida.
  2. Jose Melgar: (2007-06-15 16:54:47 horas)
    Tienen toda la razon pero estamos en una situacion de emergencia. Lo que si quiero es que sean parejos y no solo sea para algunos como siempre sucede que la ley que solo se aplica a los que no se pueden defender o sin conectes.
  3. sergio santos: (2007-06-15 14:57:43 horas)
    Interesante que los juniors esten interesados en violaciones a la ley, podriamos aprovechar para ver por què acà  la frecuencia de desarrollo para internet esta en manos particulares. Saludos Sergio Santos.
  4. Wiliam Rodríguez: (2007-06-15 08:56:37 horas)
    Como que Estuardo Solórzano está confundiendo las cosas o está en un periodo de negación, sin ningún fin de ofenderlo sino simplemente para aclarar algunas cosas. Alguien cree que las comunicaciones de personas importantes, activistas, políticos de oposición, y otros verdaderamente NO HAN ESTADO siendo intervenidas durante muchos años desde que existió la tecnología para hacerlo? Claro que si. Es ilegal pero ya lo están haciendo y sus resultados se utilizan criminalmente. Esto no debe negarse. La Constitución está para proteger a los ciudadanos honrados y no para proteger delicuentes. Partamos de eso. Y el problema ahora es que si se interviniera una línea de algún delicuente, esto no genera ninguna prueba y es ilegal. Si un policía encubierto logra infiltrar una red criminal y trabja para ellos, sin importar su intención policiaca, él también es sujeto de castigo por su participación criminal. Bueno. Esto es lo que debe eliminarse. En resumen, las interveciones de las comunicaciones ya se están dando. Su uso criminal también. Y todo eso seguirá, de plano. Así lo que hace falta es incorporar su uso legal y decente para apoyo de las personas honradas.
  5. Eduardo Solorzano: (2007-06-15 05:06:49 horas)
    El crecimiento gradual de actividades criminales y de la actitud en general de un sector criminal en aprender y desarrollarse mejor en su oficio, obliga a que el Estado implemente métodos que puedan contrarestar ese desarrollo y aprendizaje delincuencial. Ahora bien, colocándo la lupa histórica sobre el Estado, seguro éste método con sus herramientas (espectrometros de frecuencias multibandas) serán utilizados especialmente para el control de personalidades claves de decisión: Periodistas (1), Activistas pro-humandidad en general (2), Jueces (3), Algún amiguillo mal portado que caiga mal(4) y por último, sí es que los de DIGICI tienen buena INFO, podrán bloquear el telefono de algún "narco" recurrente que no aporte su cuota a la vendida PNC. De ahí, que esa información pueda ser vendida ó mangoneada para intereses particulares de siertos poderes económicos y también criminales. Irónico, pero es parte del relativismo cultural que aborda éste tipo de medidas.- Salud y suerte a todos los chapines! Guayo.
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