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Cartas del Lector:

Cuestionamiento para Rubén Darío Morales

Por: Carlos Asturias P.*

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Si la Constitución, en su sección 9a, para trabajadores del Estado, artículos 107 y 112, indica claramente las atribuciones y obligaciones de los mismos, me pregunto: ¿cómo puede ser que el presidente del organismo Legislativo da declaraciones por un partido político?
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2 comentarios:

  1. Marco Coronado:
    El Señor Morales no es un empleado del Estado es un representante del pueblo y dignatario de la nación (artículo 161 Constitución Politica de Guatemala) y por otro lado puede cumplir con cualquier otro puesto en cualquier entidad descentralizada o autonoma (artículo 159, Constitución Pólitica de Guatemala). Así que me parece que su comentario esta un poco fuera de la realidad legal que en este momento ejerce a Guatemala.
  2. Ricardo Carrillo:
    Que se puede esperar de esta señor que es un gran sinverguenza que le teme al CICIG porque tiene mucha pero mucha cola machucada!!!!! Por otro lado vendio el partido politico PAN por 45 millones y le dio la espalda a la unica persona honrada dentro de su partido.

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