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Guatemala, viernes 20 de julio de 2007

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Opinión:

Proceso electoral ¿legal?

Desde el punto de vista de la ley y los principios, no lo es.

César A. García E.

Fuente menor Fuente normal Fuente grande
La cultura de desprecio por la ley, la moral y la ética, se está arraigando dramáticamente en nuestra sociedad; se confunde la violación a la ley con “audacia”, se confunde el oportunismo con “agresividad”, se confunde la mentira con “astucia”… a lo bueno lo llamamos malo y viceversa. Los valores trastocados han formado una nueva escala de antivalores, la cual socava las bases de la sociedad, haciéndonos creer y aceptar que “el fin justifica los medios”. Analistas se dejan seducir por la trampa, seudolíderes también, religiosos y agnósticos parecen coincidir en que los valores ya no son importantes y le conceden credibilidad a la gente que los viola diariamente. ¿Qué se puede esperar de un político que viola la ley antes de las elecciones? Muchas cosas pero algo ocurrirá con certeza… si llega a gobernar, seguirá despreciando la ley, pues ya para entonces estará revestido de mayor impunidad.

El proceso electoral está lleno de vicios y violaciones a la ley ¿Se le puede llamar a un proceso así legal? Desde el punto de vista inmoral-relativista, por supuesto que sí, pero desde el punto de vista de ley y los principios, resultaría imposible. Veamos las transgresiones a la ley de “nuestros” políticos. El Artículo 223 de la Constitución Política, es decir de nuestra ley rectora, dice en su último párrafo: “Una vez hecha la convocatoria a elecciones, queda prohibido al Presidente de la República, a los funcionarios de Organismo Ejecutivo, a los alcaldes y a los funcionarios municipales hacer propaganda respecto de las obras y actividades realizadas”. Hemos visto cómo este artículo y la Carabina de Ambrosio tiene –para nuestros políticos- la mismísima importancia… es decir, ninguna. La moral de los políticos ha interpretado este artículo constitucional, de distintas formas; el alcalde capitalino y otros de sus colegas, usaron durante meses los noticieros como medios de publicidad y hasta el día que estuvieron inscritos… es decir –convenientemente– a última hora ¿Es esto legal y moral? Otros, como el presidente Berger, han dejado claro que la Constitución no fue escrita para ellos y sigue haciendo alharaca de cuanto chorro o puente puede inaugurar, no digamos del aeropuerto, etcétera, incluso “promociona” que la red hospitalaria nunca habría estado tan bien equipada.

La ley también establece que la publicidad electoral debe iniciarse a partir de la convocatoria a elecciones generales por parte de TSE, pero obviamente esto fue violado por la mayoría de los participantes quienes empezaron su campaña mucho tiempo atrás. El Artículo 223 de la LEPP prohíbe “hacer propaganda electoral pegando o pintando rótulos en efigies, paredes, señales, rótulos, puentes y monumentos”. Si no sabe por quién votar, un buen criterio sería descartar de la lista a todos los infractores de la ley. ¡Piénselo!
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1 comentarios:

  1. Alfredo Aragón D.: (2007-07-20 10:44:10 horas)
    Si los políticos no respetan la ley con lo de la propaganda, cuando estén ocupando el hueso, qué respeto van tenerle a la misma ley.
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