La Corte de Constitucionalidad (CC) asumió un rol, ahora, de instancia de conciliación, pues como tribunal que lee inequívocamente las leyes superiores de la nación, habría quedado mal con el presidente Berger y su Ministra de Gobernación, y con quienes les metieron a estos en el brete.
Como se sabe, hace dos semanas el transporte pesado rechazó los horarios nocturnos que le impuso la Municipalidad de Guatemala y detuvo sus operaciones. Alarmadas las cámaras empresariales se fueron por la ruta donde más eco iban a tener. El Gobierno central, en efecto, entró a batear, llegó a un entendido rápido con los transportistas, el cual quedó refrendado por un acuerdo ministerial. Fue un “minigolpe de Estado” contra la comuna.
El siempre tozudo alcalde capitalino, sabiendo que la razón legal estaba de su lado, acudió de inmediato a la CC. Entonces, la especulación rondó hasta con inquina, pues medio mundo puso a relucir las inclinaciones –o lealtades- políticas de cada uno de los magistrados. Si uno se atiene a esos análisis fácilmente concluye que esta no es la Corte de la Constitución, sino la corte del presidente Berger y del alcalde Arzú.
Sobre las competencias en litigio, hasta para legos como yo en materia jurídica resultan inteligibles.
El Código Municipal –que declara la autonomía como piedra angular del ejercicio del gobierno local- otorga a la comuna la regulación del transporte de carga y de pasajeros. Por tanto, ni un acuerdo ministerial –ni siquiera la Ley de Tránsito- poseen el rango para contradecirlo o condicionarlo.
Como el asunto en buena lectura jurídica no tiene vuelta de hoja, pero el contexto es uno en que los comercios y las industrias se ven afectadas, y el Alcalde y el Presidente están enfrentados, la CC abordó el problema con tacto político para no herir susceptibilidades y contribuir a la armonía (además, en antesala electoral). En su resolución convocó a la coordinación de instancias.
En el afán de la Corte de que no haya ganadores ni perdedores en esta refriega, empero, deja un perdedor más grande y trascendente: el principio de certeza jurídica. Sacrifica la seguridad de la ciudadanía de que lo que está codificado en unas leyes es lo que rige, que si cumplimos las normas establecidas la convivencia será más justa y prevalecerá el bien común (los otros dos principios del derecho), y si las transgredimos habrá, por descontado, una sanción. Al vulnerar la CC ese principio, deja a la sociedad en un estado de inseguridad quizá más grave que la inseguridad física.
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4 comentarios:
Jose Navas: (2007-08-27 14:31:41 horas)
Sres. por favor..., debe entenderse que es un fallo provisional, mientras se calman las aguas y hay diálogo (naturalmente fallo salomónico, político), el definitivo es el esperado y.., de repente será hasta después de las elecciones, para quedar bien con Dios y con el Diablo. Los Magister, quieren seguir en la Corte Celestial, no quieren dejar ese jugoso hueeeeso. Que vá...
carlos soto chavez: (2007-08-27 09:37:22 horas)
Sea escrito que los magistrados de la CC, "corte celestial" para mà s señas, al resolver lo hicieron "salomonicamente", yo creo que mà s bien como Salomòn lo hicieron como Poncio Pilatos pues decidieron lavarse las manos, era de esperarse un fallo politico en vez de juridico ya que los que componen la susodicha corte (claro habra sus excepciones como toda regla)son unos Lacayos tanto de Berges como Arzu.
Patricia Gomez: (2007-08-27 09:06:15 horas)
Edgar Gutierrez: Su artículo sobre los magistrados de la CC, que usted califica de buenos políticos, contiene equivocaciones. Usted ha escrito siempre sobre el fortalecimiento del Estado y las Instituciones. Ahora parece que lo niega, al dudar del acierto unánime de la Corte. A mi parecer, lo decidido por ese Tribunal responde a un virtuosismo jurídico pocas veces practicado en nuestro medio. En primer lugar, la CC es clarísima al sentenciar la inconstitucionalidad como notoria, que podría causar efectos irreparables; por eso suspendió la palabra clave del problema y así defendió la autonomía municipal reguladora en la jurisdicción urbana. Por el otro, preservó la función del Estado en cuanto a la regulación del transporte extraurbano por las vías nacionales que le corresponde al Ejecutivo.
Ibrahim Ayad: (2007-08-27 07:39:10 horas)
Ahora el colocho y largo este resulto jurista. Que triste.
4 comentarios: