Finiquito de la Contraloría no es suficiente para tomar posesión
Candidatos deben presentar solvencia de la institución estatal donde trabajaron.
Alejandro Pérez
La resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad (CC) que ordena al Tribunal Supremo Electoral (TSE) enviar a la Contraloría General de Cuentas (CGC) el listado de candidatos que resultaron electos en las pasadas elecciones, está acompañada de la disposición de que también se les debe exigir finiquito o constancia de solvencia extendida por la institución del Estado donde desempeñaron algún cargo.
La presentación de este documento no estaba incluida en la lista de requisitos solicitados por el TSE para la inscripción de los candidatos.
El magistrado de la CC, Roberto Molina Barreto, expresó que la decisión de la CC se basa en los requerimientos establecidos en la Ley de Probidad, en la que se especifica que ambas constancias son necesarias para poder optar a un cargo público.
Al igual que muchos candidatos que manejaron fondos públicos y creían ya haber cumplido con el procedimiento necesario, el presidente electo, Álvaro Colom , deberá acudir al Fondo Nacional para la Paz (Fonapaz) para que le sea extendida la constancia.
Arturo Herrador, fiscal de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE), confirmó esta situación.
El magistrado del TSE, Ángel Alfredo Figueroa, expresó que la institución actuará con apego a la ley y cumplirá con las disposiciones de la CC.
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