Con relación a la carta del señor César Leonel Mejía Rodríguez del 29 de diciembre, aclaro que la Municipalidad capitalina y el Ministerio de Finanzas no tienen la facultad de valorar nuevamente los inmuebles.
La Constitución Política de la República establece que es facultad del Congreso decretar impuestos y determinar su base imponible, la que, en el IUSI, es el valor de las propiedades. Cualquier cambio en el valor de los inmuebles al modificar la base imponible lo hace objeto de una acción de inconstitucionalidad.
El problema con la Ley del IUSI es que cuando fue redactada el legislador creó una relación entre la tasa a aplicar y el valor del inmueble basado en una moneda sólida con alto poder de compra, pero con la pérdida de valor de la moneda, la relación tasa-valor de inmueble está distorsionada. Lo que procede es acudir al Congreso de la República a efecto de adecuar la Ley del IUSI al año 2008 en cuanto a los valores de los inmuebles y las tasas a cobrar y dejar de tratar de aumentar el impuesto en forma arbitraria e inconstitucional.
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1 comentarios:
Lic. Cesar Orozco: (2008-01-23 07:08:43 horas)
Lo que el Alcalde Arzu esta queriendo hacer es ilogico debido a que los Bienes Inmuebles se declararòn de acuerdo al valor de adquisiciòn de cada año, por tal motivo si se piensa modificar... primero creo yo que el como Alcalde deberìa de actualizar la plusvalia de sus Bienes Inmuebles... y no reportarlos como SU EMPRES TELGUA... creada en Q 5mil... unicamente para robarnos lo que fue GUATEL..., y segundo cualquier cambio a los mismos deberan pagar impuesto sobre la renta por Revaluaciòn de Activos Fijos... y esto es un platal...
1 comentarios: