El libre acceso a las fuentes de información pública es uno de los pilares del derecho a la información, toda vez que garantiza que los medios de comunicación social puedan buscar, investigar y obtener datos y evidencias en los registros y oficinas públicas, en cualquier tiempo y de manera irrestricta.
elEditorial
El derecho a la información es un derecho inherente a la sociedad misma, la cual, de manera directa o indirecta (a través de los medios de comunicación social), tiene derecho a desentrañar y conocer la verdad de lo que sus representantes o delegados hacen en su nombre, o que determina las actuaciones públicas.
Nuestra Constitución no solamente reconoce que la información estatal es pública, sino que también garantiza el libre acceso a las fuentes de información en el sector público. Asimismo, prohíbe a cualquier autoridad limitar ese derecho.
La Carta Magna impone ciertas limitaciones a la obtención de información pública, específicamente cuando se trata de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional (o sea el secreto de Estado), cuando la información fue suministrada por particulares bajo garantía de confidencia y la reserva obligada en las investigaciones criminales.
En Guatemala, la falta de un procedimiento judicial expedito para hacer efectivo el acceso a la información pública, en los casos en que se obstruya u obstaculice su obtención, y la falta de delimitación y temporalidad del secreto de Estado, no solo dificultan y hacen nugatoria la garantía de acceso a la información pública, sino que permite que las autoridades o funcionarios decidan discrecionalmente sobre el acceso a las fuentes de información pública.
Por ende, es imperativo que se emita una ley que asegure un procedimiento judicial expedito al cual pueda acudir cualquier persona, especialmente los periodistas y comunicadores sociales, cuando se les niegue el acceso a la información pública, y que delimite y temporalice el secreto de Estado.
Un acceso efectivo a la información pública asegurará que la ciudadanía esté más cerca de los órganos e instituciones estatales y que pueda controlar sus decisiones y actuaciones.
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5 comentarios:
jose solares: (2009-11-04 10:05:44 horas)
Desearia saber como poder tener acceso a los mismos por medio de pagina o paginas de internet
Montserrat Romero: (2008-02-05 11:20:54 horas)
Hola, escribo desde Mexico, soy estudiante de ciencias politicas en la UNAM y me gustaria saber donde puedo obtener infomacion a cerca del numero de personas deportadas a guatemala desde mexico. gracias
Hugo Vinicio Fuentes: (2008-01-21 16:26:16 horas)
Le sugiero al Sr. Samayoa contactar al General Otto Pérez Molina y a través de él requerir de la bancada del Patriota la agilización de la tan necesaria Ley de Acceso a la Información, ya que están tan decididos a llevar adelante una fiscalización minuciosa de las actividades del actual gobierno, bien pueden empezar por rescatar dicha iniciativa de ley.
Javier Samayoa: (2008-01-21 13:42:32 horas)
En Guatemala el acceso a la información pública es una utopía. Por mi trabajo periodistico desde el mes de noviembre del 2007 he estado solicitando a la Contraloría General de Cuentas (CGC) un informe de la auditoria realizada a la Municipalidad de Amatitlán pero ha sido imposible que me la proporcionen. Por fuentes extraoficiales tengo conocimiento de que ésta Municipalidad tiene un faltante de al menos 5 millones, pero es algo que todavía no me consta. En el portal de guatecompras esta municipalidad no tiene registros de ninguna operación en el año 2007. Es por eso que me urge tener datos y cifras pero la CGC me mantiene del tingo al tango.
Tel:5477-5340
Manuel Lopez: (2008-01-21 11:47:26 horas)
esta ley es para un país que se llama Guatemala? que yo sepa los diputados guatemaltecos andan preocupados viendo la hora en que la ciudadanía baja la guardia y se aumentan el sueldo..
5 comentarios: