“Si el Congreso dispone un porcentaje sí violaría la autonomía municipal”
Roberto Villeda, ex presidente del Centro para la Defensa de la Constitución (Cedecon).
Redacción
Ampliar imágenFoto:
Archivo
Villeda indica que los inversionistas deciden dónde construir.
¿Por qué si se trata de un impuesto lo recauda cada Municipalidad y no la Superintendencia de Administración Tributaria ? – No es un impuesto. Más se puede apreciar como un arbitrio. Los impuestos tienen características como la observancia general y que el Estado obtiene fondos comunes. Las licencias de construcción están dentro de los arbitrios que son discrecionales y lo que recaudan entra a cada corporación municipal.
¿Pueden los Concejos Municipales incrementar los arbitrios y tasas? – Las tasas se cobran por un servicio que prestan las alcaldías y al igual que los arbitrios son discrecionales de acuerdo a lo que fije el Concejo Municipal en el uso de la autonomía para establecer tarifas. Las licencias son una autorización para construir dentro de las disposiciones municipales, por ejemplo, en el caso del Centro Histórico o en zonas residenciales. La función es que toda obra de construcción se enmarque dentro de los lineamientos autorizados.
Si se hace un incremento en el costo de las licencias, ¿qué consecuencias puede tener? – Los inversionistas evalúan los diferentes lugares para construir sus proyectos y pueden decidir establecerse donde sean más bajos los costos.
¿El fallo de la CC debe aplicarse a todas las alcaldías? – Sí. Las resoluciones además son inapelables.
¿Hay violación a la autonomía municipal al dejar la responsabilidad al Congreso? – El Congreso aprueba los cobros de aplicación general. Este no es un impuesto como el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Si dispone un porcentaje aplicable a todo el país sí violaría la autonomía de las municipalidades.
0 comentarios: