• elPeriodico
  • Deportivo
  • laTarjeta
  • Foto Blog
logo-elperiodico

Guatemala, lunes 25 de febrero de 2008

  • Boletín
  • Especiales
  • Multimedia
  • Portada
  • País
  • Economía
  • Opinión
  • Deportes
  • elMundo
  • Cultura
  • Ciencia & Tecnología
  • Investigación
  • Suplementos
  • Obituario
  • Domingo
OpiniónCartaslaColumna
CulturaelAcordeón
Hi-TechCienciaSalud
GenT & MásSwitchEspacios
ObituarioFunerarias del día

Más en esta sección

  • Fiscalización del Registro de la Propiedad
  • La pasada tormenta
  • La “idea” del Presidente
  • Adelante con la iniciativa
  • Otto Pérez habló
  • “Por ahora” me mantengo opuesto...
  • Delegación a Honduras
  • Despenalizar, propuesta audaz
  • Lo que le falta a los dirigentes
  • ¡De la Presidencia a la cárcel!

Ranking

  • Más comentado
  • Más leído
  • Más enviado
  • Suerte de no ser cubano
  • Talidomina y política exterior
  • Militares retirados ocupan altos cargos en instituciones civiles
  • Tiene la “A” y tiene la “B”
  • Desayuno con el Presidente
  • Ponciano salva a Municipal
  • Los aspirantes a dirigir el TSE
  • Ahogándose en generalidades
  • En defensa del amparo
  • Convertirán la basura en energía y bonos de carbono
  • Los aspirantes a dirigir el TSE
  • De inofensivas, ¡nada!
  • Militares retirados ocupan altos cargos en instituciones civiles
  • Belter Álvarez: “Acepto mi participación en los hechos”
  • Convertirán la basura en energía y bonos de carbono
  • Tiene la “A” y tiene la “B”
  • La corrupción empantanada
  • Vitrina: Ex ministro de Trabajo habla sobre señalamientos
  • Suerte de no ser cubano
  • Incendios forestales amenazan reservas
  • ¿Empleados hambrientos?
  • Natalia Jazz Quartet
  • Simposio arqueológico
  • La figura del mozo colono que se niega a desaparecer
  • Fonseca es clave
  • “Querido Líder” de Corea del Norte padecería de cáncer de páncreas
  • Cheney pudo haber violado la ley con plan secreto antiterrorista
  • (re)Elección de Torres
  • Cambiar el patrón de conducta
  • Torpe decisión

Opinión:

En defensa del amparo

No hay ámbito que no sea susceptible de amparo.

Mario Fuentes Destarac

Fuente menor Fuente normal Fuente grande
El amparo es un recurso procesal expedito, garantizado por la Constitución, que pueden utilizar los interesados para que se restablezca la plena vigencia de sus derechos constitucionales y legales (de defensa, al debido proceso, a la tutela judicial eficaz, etcétera), cuando estos se vieren amenazados o violados por alguna autoridad. No hay ámbito que no sea susceptible de amparo.

En Guatemala, hasta 1986, la interposición de un amparo era prohibitiva, al extremo que los litigantes y sus abogados podían terminar en la cárcel por atreverse a accionar de amparo. La negación del derecho al amparo llegó a tal punto que, a principios de la década de los cincuenta, el Congreso destituyó a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia por haber admitido para su trámite un amparo contra la aplicación de la Ley Agraria (Decreto 900).

No obstante, hoy por hoy, después de escasos 20 años de vigencia de un amparo irrestricto, nuevamente se alzan voces en aras de reformar la Ley de Amparo con la finalidad de que la interposición del amparo vuelva a restringirse y castigarse, bajo el argumento de que debe evitarse que, mediante el abuso de este recurso, se entorpezcan u obstaculicen los procesos judiciales.

En mi opinión, la razón principal del retardo injustificado de los procesos judiciales, con motivo del trámite de un amparo, se presenta cuando, a pesar de que el Tribunal de Amparo no ha concedido el amparo provisional (suspensión del acto, resolución, disposición o ley reclamada o impugnada), el respectivo proceso judicial queda interrumpido o suspendido.

La experiencia dicta que esto ocurre porque los antecedentes del asunto (es decir, los expedientes judiciales), aunque no se hubiere decretado amparo provisional, permanecen en el Tribunal de Amparo y no son devueltos al tribunal de origen (autoridad judicial contra la que se solicita amparo).

La Corte de Constitucionalidad (CC), mediante acuerdo número 34-2007, publicado en el diario oficial el 20 de diciembre de 2007, resolvió el problema de la no devolución de antecedentes, al disponer que: “Los expedientes que se remitan como antecedentes en un proceso de amparo en materia judicial deben devolverse al tribunal de origen, dejando fotocopia certificada en autos, la actuación judicial que se señala como acto reclamado y las actuaciones judiciales que tengan íntima relación o que hubiesen originado el acto reclamado, cuando no se hubiere otorgado amparo provisional, con el objeto de que aquel tribunal continúe la tramitación del proceso subyacente al amparo”.

Esta disposición, además de los criterios que ha sentado la CC respecto de los casos de inadmisibilidad del amparo (extemporaneidad, definitividad y demás), hacen innecesaria una reforma disuasiva de la Ley de Amparo.
Imprimir
Enviar nota
Corregir
Facebook
Twitter
Untitled Document
Disfruta de un 2x1 en tu Desayuno en Lunch Box
Q.35
50%

Descuento

Q.70

Valor

Agregar comentario:

captcha

Reglas para comentar en el foro

Este espacio es para promover el diálogo, compartir, discutir y argumentar sobre el artículo publicado, únicamente.

Se prohíben mensajes que contengan:

  • Ataques personales, insultos, acusaciones o faltas de respeto
  • Mensajes incoherentes, sin objeto alguno o comerciales
  • Mensajes con spam, lenguaje sms o escrito todo en mayúsculas
  • Mensajes con contenido racista, sexista, o cualquiera que discrimine
  • Mensajes de contenido pornográfico
  • Piratería, o mensajes que permitan el uso ilícito de material con derechos de autor

Nos reservamos el derecho de editar o eliminar cualquier mensaje que no cumpla con las condiciones anteriores. Y de ser necesario bloquear a usuarios.


Al participar, acepta las reglas y el aviso legal.

8 comentarios:

  1. Walter Barrios: (2010-05-10 14:42:02 horas)
    Abordar el problema del amparo es sumamente complejo para hacerlo desde un comentario. Sin embargo, el problema del amparo y su excesivo uso, no se encuentra en la figura misma; en parte se debe a lo que como dijo un anterior comentarista, se debe al sistema judicial, que no es del todo democrático, y cuya justicia lejos de ser pronta y cumplida, es lenta, engorrosa; tampoco estoy de acuerdo con que los demas colegas caigan en el ejercicio antiético al promover amparos; eso es totalmente desenfocado; el amparo esta y debe conocerse siempre que se interponga, aunque para ello implique la capacidad del tribunal de amparo de rechazarlo in limine. En verdad creo que lo que falta y mi aportacion es la siguiente. Profesor Destarac: el problema del amparo es que la justicia constitucional esta unificada en torno a la CC, y a los tribunales comunes que en algun modo se constituyen en amparo, lo que requerimos los guatemaltecos es Tribunales constitucionales privativos, es decir jueces dedicados a la rama constitucional de amparo y que conozcan regionalmente, esa capacidad les dara la factibilidad de rechazar amparos in limine. Por otra parte, el problema del amparo es que se usa para remediar hechos que violentan las garantias, y claro que los procesos solo por el hecho de ser lentos, engorrosos ya estan violando las garantias. De ahi que EL VERDADERO PROBLEMA NO ES REFORMAR O NO LA LEY, EL PROBLEMA ES QUE TENEMOS UN SISTEMA JUDICIAL QUE SE ASEMEJA MAS A UNA TORTUGA, LO CUAL PERMITE hacer uso de los amparos como medio de retraso, o de obstaculo porque el sistema es infuncional. Vea, si nuestro sistema no se prestara a tanto vericueto, sino fuera claro, transparente, rapido y mas democrático, quedaría claro que no hay opcion de presentar amparos donde no caben. Por otra parte, el problema del amparo y sus reforma no esta en que se haga un mal uso del mismo, lo que sucede es que tambien el AMPARO AL SER RESUELTO POR ESOS JUECES COMUNES, SE PRESTA A SUFRIR LOS MISMOS PROBLEMAS QUE LA JUSTICIA COMUN, cuales, pues lento y engorroso. Yo plantee un amparo ante un Tribunal en Petén, y el mismo fue resuelto hasta más de un año después, porque la contraparte promovio un OCURSO DE HECHO, que hizo que se alzara a la CC y esta tuvo el expediente durante cerca de 10 meses. ESO ES EL PBOBLEMA, QUE LA JUSTICIA (TODA) SE HA VUELTO LENTA Y TORTUGUISTA. Sobre que los colegas sean antieticos o no, eso no corresponde; ya que en verdad no le pueden culpar a unos colegas por el uso excesivo del amparo cuando todo el sistema esta mal. El problema es que unos malos colegas manchen la profesion o el uso del amparo no hace que el amparo funcione mal. SI EL AMPARO FUNCIONA MAL, NO ES POR EL MISMO O POR SU USO EXACERBADO, ES UN SINTOMA QUE TODO EL SISTEMA ESTA MAL. EN GUATEMALA, necesitamos un Tribunal de Jurados, que nos importa si es técnico o no, lo que queremos es que sea transparente. Lo que queremos son mas tribunales per capita, un mayor aporte constitucional para fortalecer el sistema. Es ridiculo dar un mayor aporte a la CDAG que al OJ. RIDICULO, ridiculo. Lamentablemente hay que decirlo, el sistema status quo le conviene que este asi a unos pocos, a quienes no les importa que quienes formamos la clase media y baja nos desencantemos de un sistema judicial que funciona mal. El problema es que solo los ricos tienen la justicia a su lado, y claro que es cierto. Nuestro problema del amparo es un signo de como funciona de mal la justicia en Guatemala, y debemos reconocerlo. No podemos hacer caso omiso de eso. Reformar la ley y limitar las acciones de amparo, es vez de constitucionalizar el sistema, o de hacerlo mas democrático, lo que hara es que volvamos a los tiempos pasados, donde el amparo era una suerte en contra de la justicia, porque quien lo promovia podia ser detenido. Por favor recordemos de donde salio nuestro pais para no ir atras. El planteamiento de cierta abogada expresidenta del CANG en cierta manera era reaccionario. No podemos ir hacia atras, lo que queremos es que frente a este sintoma solucionemos un problema que ya el señor Castrenana dijo abiertamente "la Justicia guatemalteca agoniza". No nos queremos dar cuenta porque somos malinchistas. Necesitamos que otro tipo de afuera con la misma inteligencia nos lo diga. Que mal estamos en Guatemala. Dios nos ayude.
  2. Efraìn Dìaz: (2008-09-09 01:42:07 horas)
    Hola reciban un cordial saludo, exitos en sus labores diarias y en dicho cargo que desespeñen, mi opiniòn es la siguiente me parece que lo que tenemos que hacer es fortalecer el (M.P), los juzgados de paz, especialmente todos lo centros de administracion de justicia.
  3. Jose Navas: (2008-02-25 19:15:29 horas)
    Buen artículo que se complementa con los comentarios de los SRes. Ibrahim Ayad y Tenas Arévalo en cuanto a los plazos o términos y la lentitud de los jueces que conocen del Amparo.
  4. Benedicto Tenas Arévalo: (2008-02-25 12:39:12 horas)
    Comparto los criterios expuestos en el artículo, el Amparo es una de las principales garantías constitucionales para mantener intacto el principio de supremacía constitucional, propio de un régimen democrático, el problema no es de la forma como está redactado el Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente, el problema es en primer lugar de los operadores de justicia (jueces y magistrados) que no entienden o no quieren entender la finalidad del amparo y su deber de garantes de legalidad, en segundo lugar de prácticas antiéticas de algunos abogados que utilizan la Acción de Amparo como mecanismo para retardar ilimitadamente los procesos, pero esto no funcionaría así si los encargados de resolver lo hicieran respetando los plazos y los motivos por los cuales se puede recurrir a la vía del Amparo. El problema del cuello de botella legal que se forma con los amparos tiene que ver con la falta de convicción y de una mentalidad democrática de quienes imparten la justicia constitucional y esto solo se puede resolver mediante la preparación adecuada de los futuros abogadosen las aulas universitarias, la actuación responsable del Colegio de Abogados y Notarios, especialmente el Tribunal de Honor como órgano encargado de vigilar el actuar ético de los profesionales del derecho acorde al Código de Ética, la aplicación adecuada de los procedimientos disciplinarios en el Organismo Judicial y una auditoria social constante de parte de los grupos de la sociedad civil, sin olvidar los procesos de selección de las autoridades judiciales, por que una Acción de Amparo no puede durar dos años sin resolverse... En conclusión la Ley de Amparo es una buena ley, técnica y acorde a los postulados mas avanzados en materia de garantías constitucionales, el problema es de mentalidad, de compromiso con la justicia, de ética, podrán modificar la Ley, de seguro no para mejorarla, pero aunque así sea el problema persistirá.
  5. MARIO MENCHU: (2008-02-25 07:28:06 horas)
    "SI SE HACE ACONSEJABLE" o no se hace aconsejable, terminos que resuelven el Amparo Provisional, DESDE TODO PUNTO DE VISTA LOS JURISTAS DEBEN DEFENDER EL AMPARO, EL PROCEDIMIENTO O RECURSO O REMEDIO PROCESAL PARA DEFENDER LOS DERECHOS DE TODOS AQUELLOS O AQUELLAS QUE LO QUIERAN INTERPONER ANTE LOS TRIBUNALES O LAS CORTES. Estoy de acuerdo con el articulista, previene que no hay ambito que no sea suceptible de Amparo. Aunque haya retractores, aunque a ellos mismos en alguna oportunidad lo tendrán que reclamar o interponer. AUNQUE SE INTERPONGA DE MANERA INTERMINABLE, NO HAY LIMITES PARA EL AMPARO, Y ES MAS NO HAY QUE PONERLE LIMITES, NI CORTAPISAS, QUE RESQUEBRAJEN ES LEY CONSTITUCIONAL, UN GOLPE JURIDICO SERIA FATAL, PARA ESTA INSTITUCION LOGRADA EN ESTA ERA MODERNA, NO HAY QUE PERDER DE VISTA A QUIENES SE OPONEN, SIN RAZON ALGUNA "ESPEREMOS QUE SE MANTENGA EL IMPERIO CONSTITUCIONAL, Y QUE SE MANTENGA INCOLUME EL RECURSO DE AMPARO, EN GUATEMALA". LA TOLERANCIA NOS LLEVARA POR EL CAMINO DE LA INTELIGENCIA.
  6. Ibrahim Ayad: (2008-02-25 07:27:58 horas)
    Lic. Fuentes Destarac: me llama la atención la forma superficial en que toca el tema del Amparo ya que omite referirse al irrespeto de los tribunales de Amparo en cuanto se refiere a los términos para resolver y notificar ya que los mismos únicamente corren en cuanto al Amparista. Su analisis es omiso tambien en cuanto se refiere al criterio no escrito pero suficientemente sustentado de los tribunales de Amparo de proteger de forma paternalista (o maternalista...) al funcionario recurrido y deja en el olvido la triste función del MP que parece tener miedo y siempre se pronuncia en contra del Amparista y en el mejor de los casos de forma ambigua. En conclusión mi estimado Abogado estamos casi igual que los años 50. Pobre patria mía...
  7. Moisés Rosales: (2008-02-25 05:55:53 horas)
    Me parece parcialmente bien tu comentario; pero, creo que se hace necesario una integración del amparo y hacerlo congruente con los códigos procesales vigentes, los que tambièn se hacer necesario reformar. El trámite del amparo, mientras siga siendo, generalmente, escrito y retardado tampoco resulta efectivo. Y nunca es temprano ni tarde para revisar una ley o un recurso, que no nacen perfectos. NO?
  8. Juan Escobar: (2008-02-25 01:20:21 horas)
    No es así de simple. El problema real es que el Sistema de Justicia NO SIRVE. Una pregunta sencilla: ¿para qué sirven los jueces de primera instancia en todos los ramos: acaso solamente para dar una opinión?. Porque absolutamente TODAS sus sentencias son apelables, nadie respeta sus resoluciones; cuando alguna queda firme es porque se descuidó una de las partes o por ignorancia supina o irresponsabilidad del abogado. Tampoco nadie, si le da la gana, respeta los fallos de los magistrados de segunda instancia; y eso que son magistrados, porque DE OFICIO pueden dar trámite a cualquier cosa con tinte de "amparo". Miren el caso de Joviel: este tipo se está muriendo de la risa por la sentencia de primera instancia contra él, porque sabe que no tiene utilidad práctica, porque la jueza realmente dictó algo equivalente a una opinión que le puede ser cambiada por la segunda instancia, la casación o amparo en la CSJ y especialmente al llegar en apelación a la Corte de Constitucionalidad (donde están los meros sabios que nunca se equivocan). De manera que el día que RESPETEMOS la decisión de los jueces primarios o al menos la de los magistrados, no habrá necesidad de recurrir a toda esa farsa ad hoc para los que tienen dinero y tiempo para litigar. Propongo que si se continúa con los amparos, los abogados DEPOSITEN previamente el valor de la multa probable y que una reforma legal se las suba de 1,000 quetzales a 1,000 dólares.
subirSUBIR
  • Contacto
  • Aviso Legal
  • Ayuda
  • Nuestra Redacción

ElPeriódico de Guatemala
15 avenida 24-51 zona 13, Guatemala, Guatemala PBX: (502) 2427-2300
Suscripciones: (502) 2427-2323 / 1-801-00-GUATE / suscripciones@elperiodico.com.gt

Marca Registrada © Aldea Global, S.A. (elPeriódico)

campsite