La Defensa Pública Penal fue creada con el fin de “prestar asesoría legal gratuita a quienes sean señalados de cometer hechos delictivos que no puedan costearse un abogado particular o que por cualquier circunstancia no promuevan su defensa”. Desde ese punto de vista, es bien recibida la propuesta de dicha institución, pero, si nos vamos al fondo del asunto, encontraremos las siguientes incongruencias: 1) no existe evaluación previa en cuanto a si los sindicados pueden o no pagar un abogado particular; 2) se defiende a sabiendas de su culpabilidad, debido a que la mayoría de detenidos (mareros) ya tienen récord hasta de cinco y diez ingresos a los centros carcelarios; 3) que los abogados, sean de oficio o de planta, defienden lo indefendible (desde ladrones reincidentes hasta violadores y asesinos), debido a que sus ingresos dependen estrictamente de cuántos casos puedan ganar o cuántas actuaciones promuevan en los procesos respectivos (especialmente los de oficio), sin saber que con ello, alientan a que los delincuentes hagan cuanto quieran, confiando en los buenos abogados a su servicio, quienes con su habilidad penalista y aprovechando los errores en los procedimientos de detención, logran de inmediato su libertad.
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1 comentarios:
Raul Robles: (2008-03-06 16:15:02 horas)
El servicio que presta el Instituto de la Defensa Pública Penal tiene la finalidad de cumplir con el Derecho de Defensa establecido en la Constitución Política, a demás, como límite al poder punitivo del Estado vela por el cumplimiento del debido proceso y protección de los derechos humanos de todos los guatemaltecos, es necesario recordar que el articulo 14 de la Constitución establece el estado de inocencia de todas las personas.
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