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Opinión:

Inútil derogación de leyes

¿Cuánto dinero se ha gastado en el proceso de deslegislación?

Por: Mario Fuentes Destarac

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Recientemente, la flamante Comisión de Deslegislación del Congreso anunció que ha detectado 27 decretos gubernativos y legislativos que deberán ser derogados, ya que no cumplen una función.

Entre ellos se incluyen disposiciones destinadas a la consecución de objetivos específicos, tales como importaciones determinadas, impuestos temporales, exoneraciones tributarias, contrataciones particulares y límites a las ganancias por un tiempo determinado.

En mi opinión, no tiene sentido derogar decretos que ya cumplieron con su cometido, que perdieron vigencia porque así se previó desde un inicio o que se entiende claramente que fueron derogados por decretos posteriores.      

Cabe traer a colación que, a finales de 2005, se publicó en el diario oficial el Decreto # 76-2005 del Congreso, por medio del cual se derogaron 62 decretos ley,  legislativos,  gubernativos y presidenciales (promulgados entre 1871 y 1986) que, además de irrelevantes, ya habían sido derogados expresa o tácitamente por otros decretos sobre las mismas materias o por las diferentes constituciones. También se suprimieron decretos que ordenaban erigir monumentos ya erigidos, que rendían homenajes a personajes y que ordenaban la reconstrucción después de los terremotos ocurridos a principios del siglo pasado o el pago de tarifas de servicios que ya no existen, entre otros.

Lo mismo ocurrió en tiempos del Gobierno de Álvaro Arzú (1996-2000), cuando el Congreso derogó decretos que autorizaron transferencias presupuestarias, así como los viajes del Presidente de la República al extranjero, entre 1955 y 1996, que, por simple sentido común, ya no era necesario derogar expresamente, porque ya habían cumplido su cometido y, por ende, ya habían perdido vigencia.  Por supuesto, para los fines de detectar e identificar estos decretos obsoletos o anacrónicos se han venido contratando asesores y consultores específicos. Sería interesante investigar cuánto dinero se ha gastado el Congreso en este “importante y trascendental proceso de deslegislación”, que realmente no ha tenido frutos ni beneficios reales.

En conclusión, no debe perderse el tiempo ni gastar energías en derogar decretos que ya fueron derogados, que cumplieron con su cometido o que, por lógica, ya perdieron vigencia. En todo caso, más que en una deslegislación sin objetivo ni propósito, debe pensarse en una desregulación, a fin de que sean suprimidas del ordenamiento jurídico del país: 1) leyes que obstaculizan el desarrollo económico y el progreso social; 2) leyes que duplican o multiplican la regulación de una determinada materia; y 3) leyes que no responden a las necesidades y desafíos de la modernidad.
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3 comentarios:

  1. Juanpa Escobar:
    La deslegislación se justifica porque es el trabajo que hacen los gatos de los diputados: los asesores. Los tales diputados solo gastan un tiempito en las lecturas y en levantar las manos. En lugar de estarse arañando la cara y jalando el pelo como placeras, mejor que siquiera hagan algo como eso. Yo espero todavía que deroguen aquella ley que dice algo así como que !SE PERMITE AMARRAR EL CABALLO EN LA SEXTA AVENIDA DURANTE SOLAMENTE MEDIA HORA!. (se lo oí en algún discurso a la Baldetti). También... ¿habrá sido derogada la VERGONZOZA y famosísima Ley de Defensa de las Instituciones Democráticas?: a su amparo se tronaron o desaparecieron como a 20,000 gentes.
  2. carlos lopez:
    lo que pasa aqui es que como no tienen naqda que hacer a causa de tanto diputado que hay, es que quieren hacer el mate de que estan haciendo algo, pero como usted dice esos acuerdos ya dejaron su razon de ser, la persona que dispuso que se derrogaran esos articulos, deseguro hasta este tiempo pudo tener en sus manos la constitucion, sin saber que ya existen acuerdos que los derrogaron, solo quieren pasar el tiempo para disque desquitar su sueldito
  3. Adriana Torres:
    Uno de los aspectos importantes que el sistema jurídico de un país requiere para cumplir su papel de ordenador de la conducta social, es su capacidad de garantizar reglas de carácter imperativo que estén dotadas de suficiente certeza. Actualmente en el sistema jurídico de Guatemala se vive una crisis en esa certeza y por ende se extiende a la seguridad jurídica que debe garantizar el Estado, tal y como lo establece la Constitución Política de la República en su Artículo 2do.



    El ordenamiento jurídico del país cuenta con leyes aprobadas desde 1871 y está plagado de normas, haciéndose cada vez más difícil el conocimiento de éstas y su aplicabilidad.



    Los textos que norman la conducta de los habitantes de un país, deben cambiar con el transcurso del tiempo, adecuándose así a la realidad actual, de lo contrario, regirían para una realidad social ajena a su objeto y finalidad.



    La realidad ha demostrado que el ordenamiento jurídico está atravesando una problemática que consiste principalmente en la proliferación de legislación la cual mencionábamos, así como la existencia de normas anacrónicas y una contaminación legislativa; problemática que acarrea efectos negativos en el sistema legal nacional.

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