A como van las cosas, no creo que salga pronto la Ley contra el Feminicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer. Y eso a pesar de que los casos de agresiones denunciados en el Organismo Judicial durante 2007 aumentaron 9 por ciento en relación al 2006, lo cual hace de la aprobación de este cuerpo legal una necesidad urgente para detener la violencia machista.
La ausencia de una ley específica hace imposible que el juzgador aplique una pena en la que se tome como agravante el tema de la asimetría de poder que se produce entre la víctima y el victimario. En las leyes vigentes, el tema de la sumisión femenina al macho, que está presente en todas las agresiones que reciben las mujeres, continúa sin ser discutido como un factor desencadenante de la violencia. En una relación heterosexual en la que está presente la agresión, sea esta psicológica o física, el hombre suele suponer que la mujer es un ser que no está a su altura. En casi todas las relaciones que desembocan en agresión física, estas han empezado por comentarios verbales en los que los hombres demeritan las cualidades de las mujeres. Estos comentarios pueden ir desde cosas tan baladíes como hacer broma del habla de la pareja –mi mujer es tartaja-, contar anécdotas en las que la esposa o pareja salga mal parada –no le atina a la política- hasta afirmaciones con las que explícitamente se atacan modos de ser y maneras de ver la vida: es un desastre como madre, tiene más corazón que cabeza...
Como puede verse, cada agresión a una mujer, sea esta en forma de broma, insulto, golpe o asesinato, encierra una manera de valorarlas como seres humanos. Y una manera, también, de entenderse del macho agresor como un sujeto dominante, que se ve a sí mismo superior en cualidades y, en consecuencia, en derechos. Cada agresión que se registra confirma el papel subalterno de la mujer en una sociedad en donde todavía no se las reconoce como ciudadanas con plenos derechos. En esta sociedad, por ejemplo, el hombre sí puede vestirse con pantalones que le resaltan el pene, o que muestran el nacimiento del trasero, sin que esto sea visto como una invitación a ser violado ni como un síntoma de conducta disoluta. Pero vaya usted a ver cómo quienes ultrajan a una mujer pretenden utilizar como atenuante, con la complicidad de jueces y fiscales, que la víctima use falda corta o escotes amplios. Esto siempre es tomado como una indicativo de conducta putesca e incitadora a la lascivia. En esta sociedad, las mujeres no pueden mostrar el orgullo de sus cuerpos, porque esto es causal de agresiones.
Probablemente la ley no erradicará la misoginia existente en una gran parte de la población masculina guatemalteca, pero el hecho de que se identifique a las agresiones contra las mujeres como un crimen que implica el odio contra el género femenino, hará que se empiece a poner en evidencia uno de los puntales sobre los que se sustenta la cultura guatemalteca y el sistema social que se deriva de ésta.
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3 comentarios:
Olga Villalta: (2008-04-08 21:49:49 horas)
Que bueno Gustavo que escribiste sobre este tema, ya que por hoy la palabra de los hombres es más creíble que la nuestra. Los homres le creerán más fácilmente a otro hombre, es decir a su igual y no a quién se le considera de segunda.
Efectivamente el nombre de la ley es "Ley contra el femicidio.." y supongo que se debe a que la red de la no violencia no acepta el término feminicidio. Sin embargo este es un problema de interpretación académica, lo importante es enfrentar la muerte violenta de mujeres. (no estamos hablando de accidentes) en el marco de un continum de violencia sexual.
Nos espera una larga jornada mañana, esperamos tu solidaridad y la de otros hombres no solo en las columnas, sino que asistan al congreso.
Coco Peredo: (2008-04-08 08:39:37 horas)
Me gustaría conocer la opinión si tuviesen accceso a leer este artículo de las cultas Margarita Carrera y Ana María Rodas, sobre el concepto de la mujer de F. Nietche y de Schpenhauer. Apte. ambos tenían tendencias misóginas. Por lo demás no se pude añadir mas a este excelente artículo, que demuestra que cuando el Sr. Berganza se lo propono articula bien.-
Luis Estuado Espinoza: (2008-04-08 00:19:43 horas)
El punto de vista de su comentario me parece excelente, pero ahy que añadir que los redactores de la ley metieron un gol al llamala "ley contra el femicidio" (no feminicidio como escribio), y esto por el mismo significado que el termino femicidio tiene ya aceptado. El femidicio significa en terminos simples la muerte violenta de mujeres solo SOLO POR EL HECHO DE SERLO. Osea que es un homicidio o asesinato que se centra en la VIOLENCIA DE GENERO.
El problema, si se aprueba con el uso que le dan a este termino, es que se estaria generalizando la acepcion femicidio a cualquier homicidio de una mujer, AUNQUE NO HALLA SIDO ESPECIFICAMENTE POR VIOLENCIA DE GENERO. Esto lo deja claro el articulo 5 de la iniciativa de ley.
Entonces segun este articulo, si un hombre mata a una mujer en un accidente de transito, seria culpable del delito de femicidio, cuando por las acepciones del termino, esto seria un error. Por esto es que los paises de Mexico y Costa Rica, cuando aprobaron sus respectivas leyes contra la violencia hacia la mujer, no utilizaron el termino femicidio, si no simplemente "violencia hacia la mujer", que no es lo mismo.
Asi que ojala Guatemala apruebe esta ley, con la modificacion respectiva y asi el Estado tengo una legislacion que le permita luchar contra este flagelo.
3 comentarios: