Quiché
Sí se pudo, sí se pudo… eran los gritos de varias mujeres en las calles de Santa Cruz del Quiché la tarde de este miércoles reciente, pocos minutos después de haber conocido el fallo del tribunal de sentencia presidida por la jueza Julieta García Calvillo...
Por: Héctor Javier Tecum
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En la resolución emitida por el tribunal se declara a Matías López como autor material del delito cometido en contra de la libertad y seguridad sexuales y contra el pudor de Méndez Rodríguez, una mujer indígena monolingüe k’iche’ de 44 años de edad, con once hijos y de condiciones muy pobres, originaria de la aldea Macalajau del municipio de Uspantán, al norte del departamento de Quiché. Por la comisión de estos delitos, al ex agente se le imputó la pena de 15 años de prisión inconmutables aumentada en una tercera parte para un total de 20 años los cuales tendrá que purgar después de que la sentencia quede firme, mientras que la defensa a cargo del licenciado Rodrigo Gutiérrez manifestó que presentarán los recursos correspondientes para impugnar El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (IECCP) brindó el apoyó legal y actuó como querellante en este caso como parte del programa Justicia penal y genero que esta entidad brinda a las mujeres guatemaltecas, según relato Ana Lucía Moran, integrante de esta organización. El tribunal dio valor probatorio a las declaraciones del también ex agente Lázaro Bubón Cano el cual fue fundamental en este proceso por ser testigo presencial del hecho, también fueron valoradas las declaraciones de varios peritos y otros testigos que presentó el Ministerio público, como a Enrique Pérez Ceto, delegado de la oficina de auxiliatura de Derechos Humanos en Nebaj. Al conocer la sentencia, las mujeres salieron de los tribunales para recorrer las calles y avenidas ondeando sus banderillas y repartiendo volantes donde se daba a conocer la resolución del tribunal lo que demuestra que ya se esperaba una sentencia condenatoria y que ya estaban preparadas para el festejo, se dirigieron al parque Tecún Umán para la realización de una ceremonia maya a cargo del guía espiritual Juan Ixchop quien agradeció al Corazón del Cielo y la Tierra (a Dios) por el resultado del proceso. Los participantes encendieron velas para luego formar una fogata, hasta éste momento fue que doña Juana Méndez cambió de semblante y ya figuraba una sonrisa en sus labios mientras tomaba en brazos a una de sus nietos, al mismo tiempo sus familiares quemaban bombas voladoras para festejar el histórico caso ganado pues es la primera vez en que un agente de la policía es sentenciado por violación a una reclusa y el segundo caso de un policía condenado en estos tribunales pues el 31 de marzo del año 2005 fue condenado a 70 años de prisión al ex agente Bartolomé Teni Cuc por intento de violación y posterior asesinato de manera brutal a la estudiante Oliberta Calel, hecho ocurrido el 18 de mayo del año 2004. Los hechosEl 17 de enero del año 2005 la señora Juana Méndez Rodríguez fue trasladada desde Chimaltenango a la cárcel de Nebaj donde debía prestar una declaración ante el juez local sindicada por los delitos de siembra, almacenamiento y tráfico de drogas, sin embargo ese día ya no se llevó a cabo la audiencia por haber llegado después de las 17 horas, por lo que ella debió quedar esa noche en la cárcel local, pero por no existir un lugar específicamente para mujeres, tuvo que quedarse en el pasillo de una de las celdas únicamente con un “colchon” para tener donde pernoctar, sin embargo durante la noche, el ahora sentenciado, quien tenía a su cargo la custodia, la violó en reiteradas ocasiones junto a otro agente identificado como Neri Osberto Aldana Rodríguez quien se encuentra prófugo de la justicia.Durante los múltiples relatos hechos ante el tribunal, Méndez Rodríguez manifestó que esa noche sufrió varias humillaciones, maltrato físico, sexual y sicológico ya que después de haber sido violada por el primer policía la obligaron a bañarse totalmente desnuda en uno de los corredores con agua fría mientras agentes y reclusos se burlaban de ella. Posteriormente fue nuevamente violada por el otro policía con amenazas e insultos como “dejate, ya sos una vieja, etc.” Al amanecer del 18 de enero del año 2005, a solicitud de una oficial del juzgado de primera instancia penal de Nebaj fue trasladada la víctima al hospital local, la acompañaron, la licenciada Silva del Rosario Quiquivix Coyoy y Pedro Maldonado donde se le practicó un diagnostico el cual fue elaborado por el entonces director de ese centro asistencial el doctor Isaías Federico Juárez Muñoz, y el laboratorista fue Juan Córdova Rivera El informe emitido por Juárez Muñoz fue desacreditado durante el proceso por el doctor Jorge de la Peña, perito propuesto por el querellante, por considerar que éste no tenía las características de un documento para ser utilizado en medicina legal, que no cumplía con el protocolo correspondiente y su redacción no llenaba las calidades técnicas y clínicas necesarias. El sindicadoAntes de emitir sentencia, el tribunal dio la palabra al acusado quien solicitó se le absuelva de los delitos que se le imputan pues era inocente o en todo caso que se le considere una pena menor a la que había solicitado el Ministerio Público que era de 27 años.Aseguró que nunca ha amenazada a nadie en el ejercicio de su profesión como policía y ha sido respetuoso del derecho de los demás, también pidió que sea absuelto porque su esposa no esta en capacidades de trabajo para mantener a sus hijos. Las reaccionesLa defensora de la mujer de la Procuraduría de los Derechos humanos en el Quiché, Aída López Cordero indicó que “Se hizo justicia y se ha sentado un precedente; el caso ganado no solo es de doña Juana Méndez sino un triunfo de todas las mujeres quichelenses”Lazaro Dubón Cano, también ex policía y testigo principal en este proceso indicó que le fue difícil haber decidido declara pues había recibido múltiple presiones no solo del sindicado sino de otras autoridades dentro de la institución policial y hasta le costó el puesto por haber dicho la verdad por ello ahora cuenta con medidas cautelares solicitado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos aunque sigue con temor por algo que le pueda pasar a su familia. Flor Manzano de la Asociación Utz Kaslemal (Buena Vida) dijo que le satisface el fallo y qué ésta es una muestra de que los procesos judiciales en el país se pueden llevar a cabo de una manera transparente donde las organizaciones de la sociedad civil pueden participar dando acompañamiento para favorecer a las personas que son violadas en sus derechos, Utz K’aslemas es una organización especializada en acompañamiento psicológico a victimas de violaciones a los derechos humanos, especialmente a victimas del conflicto armado, acompañan los procesos de exhumación en el Quiché. Aura Lolita Chavez Ixcaquic de la Unidad Departamental de Mujeres del Quiché UDOMQUI indicó que se aplicó justicia, era lo que la población estaba esperando a pesar de que nunca se había ganado un caso de esta naturaleza, esto demuestra que el esfuerzo de las organizaciones y la presencia, constancia y valentía de la víctima, tuvo un buen resultado, por lo que instó a todas las mujeres a denunciar los diversos casos de violación a sus derechos humanos en cualquier lugar y cometidos por cualquier persona. El querellante adhesivo calificó el fallo como una sentencia importante porque el sistema de justicia del país ha sancionado a un miembro de la seguridad del Estado por el abuso cometido en contra de una persona privada de libertad, en este caso a una mujer, aunque este no es un hecho aislado sino que sucede constantemente con muchas mujeres privadas de libertad. La defensaEl abogado defensor, Rodrigo Gutiérrez, indicó que en base a la prueba diligenciada en el debate no se pudo probar que haya existido violación, y consideró que las declaraciones de Juana Méndez y Lázaro Dubón Cano fueron contradictorias por lo que el tribunal no debió dársele valor probatorio porque son contradictorio se han cambiado las versiones pues en un principio señalo que el violador era el gente Luis Pereira y posteriormente señaló a su patrocinado.Aseguró que planteará un recurso de apelación especial, para evitar que su patrocinado se valla a la cárcel. Otro fundamento de Gutiérrez es que su defendido es inocente porque la noche en que se dieron los hechos se encontraba evadido de sus actividades por problemas de salud de uno de sus hijos. La agraviadaAl conocer el fallo del tribunal muchas de las mujeres representantes de diversas organizaciones manifestaron su alegría y satisfacción, pero doña Juana seguía con un semblante triste y desconsolado a pesar del fallo, sus demás compañeras le decían que se alegrara, que mostrara una sonrisa pero ella dijo: “No Pedo Olvidar lo que me hizo, es un dolor muy grande”¿Qué dice de la condena de su agresor? Se le preguntó, ella respondió que se había hecho justicia y que merecía ir a la cárcel por haberle hecho tanto daño. Su rostro cambió después de unas horas cuando en el parque central de Santa Cruz del Quiché se realizaba una ceremonia maya para agradecer al Corazón del Cielo y la Tierra por la justicia hecha. Conclusiones del Ministerio PúblicoRosa Orellana de la fiscalía contra delitos administrativos del Ministerio Público indicó que existe congruencia en todos los relatos testimoniales presentados durante el proceso por ello solicitaron una condena de 27 años de prisión, pues el agente actuó de manera ilícita violando el código de conducta para funcionarios inspirado en la declaración universal de los derechos del hombre establecida en asamblea general de las Naciones Unidas en la que estipula que todo funcionario cumplirá en todo momento los deberes que le impone la ley sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, por lo tanto estas actitudes son tipificadas como abuso de confianza y de autoridad en perjuicio particular y la institución policial.El MP considera que se han aportado pruebas aun más allá de la duda razonada, y que el señor Antonio Rutilo Matías, voluntariamente ejecutó los actos idóneos de forma personal y directa que configuran los ilícitos de los cuales es responsable porque él pudo y bebió actuar de otra manera como era su obligación Expuso al juzgado que no se puede hablar de una victima provocativa como dicen la mayoría de los violadores, pues doña Juana es una persona sencilla y de mayor de edad abuso de confianza y de autoridad en perjuicio de un particular y de la institución para la cual trabaja. En este hecho se dio el concurso ideal de dos delitos con un mismo propósito que fue obtener una satisfacción espurrea además los daños a la victima son a largo plazo. |
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