Los bienes inmuebles que pasan a ser parte del Estado de Guatemala
Los legados no son exclusividad entre parientes, pues el Estado, a través de su abogado, la PGN, puede reclamar las propiedades.
Kenia Reyes
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La Universidad de San Carlos es beneficiaria de la mitad de bienes que adquiere el Estado.
Los costos
>En casos particulares donde las propiedades no cuentan con un testamento, los expedientes deben ser enviados a la Procuraduría General de la Nación, donde se recibe el expediente y se verifica que la propiedad no es un bien del Estado. Esto, antes de ratificar a quienes además deberán cancelar un impuesto de herencia, legados y donaciones. >El monto a cancelar a esa dependencia dependerá del costo de la propiedad. Por ejemplo, si el inmueble tiene un costo de Q50 mil, debe cancelar el 3 por ciento; si cuesta Q200 mil, paga 6 por ciento; y si está valorado en Q1 millón, deberá derogar 14 por ciento. >Esta suma es agregada a lo que deberá cancelar al abogado y los trámites adicionales que significa sacar una vivienda de un intestado.
Por medio de su representante legal, la Procuraduría General de la Nación (PGN), puede reclamar lo que se denomina “herencia vacante”. Esto significa que se inicia un proceso legal para que un bien inmueble sin propietario o beneficiarios, sea parte de sus activos.
Cualquier bien al que pueda tener acceso el Estado deberá compartirlo con la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), tal como lo estable el Código Civil, donde se indica que se debe dividir en partes iguales.
Para que el Estado tenga acceso a una propiedad, debe llenar requisitos legales, como que no existan propietarios que la puedan reclamar. Luego se debe iniciar el proceso ante un juzgado del ramo civil.
Por 30 días consecutivos se deberá publicar en el periódico oficial y otro de mayor circulación, el anuncio de la existencia del bien para determinar que no existe ningún interesado que la reclame.
“Si esto no sucede, se continuará el proceso que puede durar, al menos, un año. Cuando se gana el caso, el Estado puede adjudicar esos bienes a sus ministerios, mientras que la Usac puede hacer uso de ellos”, refiere Sandra Sigüenza, encargada del área civil de la PGN.
La comisión encargada de conocer este tipo de casos, lleva el proceso de dos bienes ubicados en Antigua Guatemala, Sacatepéquez, propiedad de la que no se dan mayores detalles, pues se encuentra en trámite.
Cuando hay herederos
Cuando una persona muere y no deja un testamento de sus propiedades, los herederos pueden iniciar un proceso legal.
“Este tipo de trámites se puede realizar en dos formas: por medio de los juzgados y ante un notario. Este tipo de procesos civiles los llamamos rogados, pues todo se pide, de lo contrario, el proceso no avanza”, explica el litigante Gustavo Soria.
El abogado Guillermo Melgar refiere que el costo de estos procesos legales es, de acuerdo con un porcentaje que establece la ley, que por lo general es de un 5 por ciento sobre el costo de la propiedad.
Agrega que los interesados deben cancelar por aparte los anuncios de prensa.
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3 comentarios:
javier celis: (2008-07-24 14:58:46 horas)
tengo una casa en la zona 18, pero la dueña murio y en este caso yo me quede pagando dicha deuda (casa ex-BANBI) pero haora nesecito pasarla a nombre de los tres hermanos que somos. que hago, que proceso legal lleva esto.
Karina García: (2008-05-18 17:23:52 horas)
Durante la guerra en Guatemala, se dieron dos tipos de casos: en el área rural al ser asesinadas muchas familias, sus propiedades quedaron en el abondono. Muchos de los aprovechados fueron los mismos oficiales del ejército y en otras ocasiones los mismos vecinos de los muertos.
El otro tipo de caso fue en la ciudad. Durante los operativos contrainsurgentes, a veces familias enteras eran capturadas y desaparecidas. Sus bienes y propiedades aparecieron lugeo en manos de y a nombre de oficiales del ejército, miembros de la policiía judicial. Me consta un caso incluso en el que hasta los juguetes de los niños de la casa, fueron llevados por los secuestradores de la policiía judicial. El mismo terror de los sobrevivientos hizo que esto no se reclamara en muchos casos. Cuentas bancarias fueron saqueadas, tarjetas de crédito usadas, los vehículos pararon en manos de la judicial, etc. Pienso que la investigación de estos casos debería ser parte del programa nacional de resarcimiento.
Por otro lado, me pongo a pensar en el hoy. Con tantos asesinatos, masacres de familias enteras por las maras o los narcos, ¿quién se beneficia o se apropia de los recursos y los bienes de las víctimas? ¿alguien le sigue la pista a esto?
Juanpa Escobar: (2008-05-18 10:27:49 horas)
A propósito, miren qué vergüenza. La USAC es dueña de un inmueble de ésos, sobre la 7a avenida zeta uno (mano izquierda), que le sigue regalando su uso a unos judíos suizos dueños de una gran ferretería, a cambio de una verdaderamente ridícula renta mensual. ¿Habrá allí mano de mono o estupidez supina?. Si "legalmente" no se puede cobrar una renta honorable por el descuido de haberla hecho indefinida por los siempre ineficientes administradores de la USAC, la solución sería sencilla: que el Congreso le compre el inmueble (for exemple). Con el nuevo dueño se pueden ampliar hacia allí las oficinas de bancadas o subir la renta al valor correcto (unos cinco milagros, mínimo) o simplemente que los aprovechados se vayan con sus tiliches a GORRONEAR a otra parte. ¿Y cómo estará la situación del inmueble de la 15 calle entre 9 y 10 ave. donde opera una empresa transportista?. ¿Será que también ya la volvieron renta fija desvalorizada de hace 15 años a tiempo indefinido, estos ineficientes de la USAC? o tal vez vendieron secretamente la casa... Vaya usted a saber, porque allíí opera el código de silencio.
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