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Magistrados discuten aplicación de la Ley contra el Femicidio

La Ley que tipifica el femicidio establece penas de hasta 50 años de prisión. 

Por: Gabriela Lehnhoff

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La Ley contra el Femicidio, el asesinato de una mujer en el marco de relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, fue aprobada por el Congreso de la República hace más de 20 días. Sin embargo, muchos todavía no la conocen.

Los magistrados del Organismo Judicial se reunieron durante dos días con operadores de justicia para aclarar dudas y discutir la nueva ley y sus normas, en la que se tipifican delitos de femicidio y violencia intrafamiliar.

La Ley ordena la creación de hogares para las víctimas de la violencia, y una fiscalía y juzgados específicos.

El presidente del Instituto de Magistrados, Guillermo Alfonso Barillas, cree que “debe haber discusión y un criterio unificado de gente de la Fiscalía, Defensa Pública, jueces y magistrados”.

“Hay muchos asesinatos de mujeres que no se pueden tipificar como femicidios. Las circunstancias son muy importantes; debe ser en el contexto de las relaciones intrafamiliares”, aclara.

Otra duda surge entre las palabras femicidio y feminicidio. Carmen Magzul, psicóloga especialista en género, aclara que el femicidio es la muerte de las mujeres, mientras que el feminicidio conlleva responsabilidad del Estado. “Hay un feminicidio cuando el Estado no toma las acciones necesarias para prevenir femicidios”.

“La Ley considera violencia psicológica, física y económica”, dice Miguel López Paredes, consultor del Programa de Apoyo a la Reforma de Justicia”. 
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4 comentarios:

  1. Manuel A. Lopez:
    vamos a recordales a los magistrados un artículo de la Constitución:



    "Artículo 4o. Libertad e Igualdad: En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualesquiera que se su estado civil, tienen iguales oportunidades y responsabilidades."



    Sin ser abogado deduzco que las penas por asesinato tienen que ser iguales para el hombre y la mujer, o no?
  2. hector waldemar barrera:
    Despues de leer detenidamente esta ley considero tres situaciones: !)Fue aprobada sin contar con la infraestructura operativa, humana, y financiera, igual que la ley de proteccion de la niñez y la juventud; 2)discrimina a otros sectores pues particulariza y especializa la calificacion de los actos que originan la violencia, pues las calificaciones tipo ya estan reguladas en el codigo penal asesinato, homicidio y sus tipos, discriminandose con esta ley a otros segmentos de la sociedad, ejemplo: el asesinato de un niño, habria que aprobar una ley del infanticidio y la violencia contra los niñ@s por el hecho de ser niñ@s; igual pasaria con la violencia contra los ancianos, los jovenes, los indigenas, y otras minorias urbanas, gays, lesbianas y otras, habria entonces que aprobar una ley especifica para grupo por el hecho de que la violencia les esta golpeando a cada grupo o sector social.3) dicha ley tiene muchas lagunas en el procedimiento y aplicacion de la misma, generaliza muchas situaciones, que ya estan establecidas en la ley de violencia intrafamiliar.

    CONCLUSION: Es obligacion del Estado la investigacion y sancion de todos los hechos de violencia que se den en contra de hombres y mujeres; y no particularizar por genero pues hombres y mujeres ante la ley somos iguales, y este es el principio por el que tenemos que luchar la igualdad y equidad de genero en la aplicacion de justicia.
  3. Ricardo Henriquez Eggenbergerr:
    La ley de Femicidio, ha venido a dividir mas aun a la sociedad Guatemalteca. Rompiendo el orden social que debe de buscar la ley cuando es creada.

    Esta ley que fue aprobada mas como cortina de humo y propaganda de las politicas en el congreso. NACIO MUERTA. Se les olvido a las congresistas que antes de crear la ley, habia que crear una estructura para hacerla cumplir. Sin embargo, esa estructura de investigacion no existe, el MP no cuenta con la capacidad de investigacion, el MP no cuenta con los recursos financieros para contratar personal, y ademas de eso, si los tuviera, no contrataria a las personas idoneas pues solo entra usted alli si va recomendado. Olvidese de pedir trabajo si usted es mayor de 45 años, pero que vive con pasion, y compromiso por guatemala. El MP necesita cambio profunfo desde las bases ideologicas en que esta fundado. La estructura y la politica pesan en el MP. El hecho que se esten dando discusiones, y no se conosca la ley, solo para los privados de derecho, es solo un impase. Esta ley basada mas en hormonas que en la realidad guatemalteca, vendra a romper muchas cosas.

    Es una verguenza que legislaciones asi pasen sin ver la verdadera realidad de la mujer y del hombre en Guatemala, por lo demas, de atentar contra la igualdad ante la ley que todos tenemos

  4. Jorge Lemus:
    Creo que con la ineficiencia que caracteriza al Ministerio Público y los Tribunales de Justicia, esta será una ley más, que no tendrá mayor trascendencia en la disminución de asesinatos de mujeres.

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