La iniciativa de Ley de Acceso a la Información Pública que las diputadas Rosa María de Frade y Nineth Montenegro presentaron a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, se rige por el principio de máxima publicidad. La restricción de acceso a la información es excepcional y se sugieren medios para que la información pública reservada no sea, como hasta ahora, condición sempiterna. A la vez se establecen garantías para la protección y uso de la información personal que está en archivos públicos.
El principio de máxima publicidad obliga a transparentar las operaciones pertinentes a quienes manejan recursos públicos, incluyendo empresas, ONG y organismos internacionales. Tampoco podrán escapar del escrutinio abierto los fideicomisos de fondos estatales, ni las cuentas en bancos comerciales, financieras o casas de valores. Y es que una cuestión es que –como lo hace el alcalde Arzú con el presupuesto de la Municipalidad de Guatemala– se quiera ganar discrecionalidad al contratar personal, bienes y servicios, y otra que los términos de los convenios sean secretos. Lo que sí es secreto –paradójicamente, un secreto violado a diario por autoridades no facultadas y ciertas corporaciones– es la comunicación privada, garantizada en el Artículo 24 constitucional.
Sobre los archivos de personas, la iniciativa Frade-Montenegro prevé formas de protección. Las personas tienen derecho a pedir la información que sobre ellas poseen las instituciones públicas y las empresas que prestan servicios públicos (bancos, aseguradoras, empresas telefónicas y de comida rápida, entre otras).
Eso es importante para la gente pues algunas veces se les niega un crédito sin explicación alguna. Las personas no saben en base a qué fuentes armaron su ficha personal, de ahí su derecho a conocer, actualizar y corregir los datos cuando sea el caso. La ley además ratifica y establece procedimientos a otro principio Constitucional varias veces transgredido: los archivos personales no se pueden comercializar ni los archivos históricos pueden ser destruidos, sin que el funcionario responsable pague por ello administrativa y penalmente.
La ley prevé que el acceso a la información sea mediante formas simples y sin costo para el usuario, que las instituciones públicas cuenten con unidades de información dispuestas a atender las solicitudes, y mecanismos para que en efecto cumplan su función. Como dice el refrán: mejor, se arruina. Y a la luz de los hechos que siguen sacudiendo a la opinión pública, la aprobación de esta ley resulta urgente.
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3 comentarios:
vladi abreu : (2008-06-19 13:10:57 horas)
hola todo el mundo
GIL ZU: (2008-06-19 11:28:40 horas)
Los gobenantes y funcionarios corruptos
que aplicaron la rapiña para repartirse el botin muchos no tenian necesidad de uti-
lizar empresas dudosas como la que se ha señalado en el denvio de fondos del
Congreso; simplemente sacaban los mi-
llones de dolares y los depositaban en
Bancos Suizos.
Pero como la mentira dura mientras la ver
dad no llega, de un Banco Suizo va a de
volver varios millones que uno de los an-
gelitos de la familia mexicana Salinas de
Gortari habian depositado en ese lugar
sin necesidad de que existiera el Secreto
Bancario a lo chapin. Estos millones le
seran entregados al gobierno de Mexico.
Los 19 millones que el General Perez Mo-
lina mando sacar del Banco del Ejercito
segun denuncia de la Diputada Nineth Montenegro, o la Mansion de Roxana como se les debe de llamar ?
Secretos Bancarios o Violacion al Derecho Sagrado de Confesion? Solo fal
ta que la Señora Baldetti demande a Bar-
quin ante La Corte Internacional de La Haya por revelar estos secretos.
Luis Fernando Caniz: (2008-06-19 10:50:07 horas)
La Ley me parece una idea excelente. Lo repugnante es que la promueva alguien como Rosa María de Frade, principal responsable de esconder información cuando era Secretaria de Comunicación Social. Ya ven qué fácil es para los políticos lavarse la cara en Guatemala.
3 comentarios: