Las políticas de Estado mal direccionadas generan problemas como el que ocasiona la administración del IUSI por las municipalidades, principalmente por la Municipalidad de Guatemala. La descentralización del IUSI fue un primer ejemplo de lo que constitucionalmente quedó establecido, sin embargo, la experiencia nos muestra que el Ejecutivo no debió trasladar ciertos componentes de este impuesto. Ejemplo de esto mencionado, es la determinación de las tablas de valores unitarios que deben aplicarse para el cálculo del avalúo de los bienes inmuebles. La arbitrariedad constituye uno de los vicios que se están cometiendo, por lo que es urgente se centralice y que se establezcan al amparo de la Constitución. Las municipalidades se constituirían en entes captadores de este tributo únicamente, basados en la información que le traslade la entidad responsable del Ministerio de Finanzas (Dicabi) y la base de datos gráfico-descriptivo emanada del ente que por ley le corresponde, el Registro de Información Catastral.
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