El actual Gobierno pretende que el denominado Impuesto Extraordinario y
Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz (IETAAP) -(Decreto 19-04 del
Congreso)- sea sustituido por el Impuesto de Solidaridad (Iso).
elEditorial
El Iso es una reedición del IETAAP, que, a su vez, fue una reedición del Impuesto de Solidaridad, Extraordinario y Temporal (ISET), emitido durante el gobierno de Álvaro Arzú (1996-2000), el cual fue calcado en la Ley del Impuesto Extraordinario y de Emisión de Bonos del Tesoro de Emergencia (Decretos 58-91 y 67-91 del Congreso), emitida durante el gobierno de Jorge Serrano Elías (1991-1993).
El ISET (Decreto 31-96 del Congreso) fue sustituido por el Impuesto a las Empresas Mercantiles y Agropecuarias (IEMA), durante el régimen arzuísta. El IEMA fue declarado inconstitucional por la Corte de Constitucionalidad en las postrimerías del gobierno de Alfonso Portillo (2000-2004). Sin embargo, durante el gobierno de Berger, se restableció el IEMA bajo la denominación de IETAAP, a pesar de su notoria inconstitucionalidad.
El Iso, al igual que el IETAAP, el IEMA, el ISET y el Extraordinario de Serrano, es, además de antieconómico, inconstitucional.
El Iso grava directamente el patrimonio de las empresas mercantiles y agropecuarias, lo que redunda en una manifiesta descapitalización de las mismas, sobre todo en momento de crisis económica como el actual. El Iso también castiga la inversión privada, porque impide que las empresas puedan reinvertir sus utilidades y ampliar su capacidad productiva instalada.
Por otro lado, las disposiciones del proyecto de la ley del Iso violan: A) El principio de capacidad de pago (contributiva) y la prohibición de impuestos confiscatorios, consagrados en el Artículo 243 de la Constitución; B) La exigencia de un sistema tributario justo y equitativo, prevista en los Artículos 239 y 243 de la Constitución; y C) La exigencia de seguridad jurídica, certeza y razonabilidad de los tributos, consagrada en los Artículos 2 y 3 de la Constitución.
Asimismo, el Iso es incompatible con las siguientes obligaciones fundamentales del Estado, previstas en el Artículo 119 de la Constitución: 1) Promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la iniciativa en actividades agrícolas, pecuarias, industriales, turísticas y de otra naturaleza; 2) Otorgar incentivos, de conformidad con la ley, a las empresas industriales que se establezcan en el interior de la República y contribuyan a la descentralización; 3) Proteger la formación de capital, el ahorro y la inversión; y 4) Crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros.
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6 comentarios:
josue augusto perez figueroa: (2008-09-22 23:32:17 horas)
Nunca hay capacidad de pago ni momento oportuno para impuestos. Deberia desaparecer el Estado de Guatemala?. No creo que sea sensato escatimar el pago de impuestos. Aquie en Guatemala todos es inconstitucional. Los impuestos, la ejecuciones extrajudiciales, el incumplimiento de deberes, la evasion de impuestos. De que Constitucionalidad estamos hablando?. Los impuestos son constitucionale,s porque la CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA manda que todo ciudadano esta obligado a contribuir con el mantenimiento del Estado. Queremos seguridad? Salud? Educacion?. NO obstante debemos hacer frente comun a la corrupcion existente: LA EVASION y LA CORRUPCION EXISTENTE EN EL GOBIERNO, LEASE: CONGRESO DE LA REPUBLICA, IGSS, Y DEMAS DEPENDENCIAS DEL ESTADO. Ambas son canceres que hay extirpar.
NUEVA GUATEMALA DE LA ASUNCION
Carlos Cullman: (2008-09-22 21:17:05 horas)
Es evidente el sesgo de este periodico. Me parece increible que se oponen continumaente a cualquier impuesto, pero luego reclaman porque los servicios publicos no son de calidad. Que esperan? Creen que con la menor carga tributaria de Latinoamerica y una de las menores del mundo se pueden tener buenos servicios de salud, educacion y seguridad? Por favor, tengan un poco de verguenza!
En Brasil, por ejemplo, un pais que en estos momentos esta experimentando uno de los niveles de crecimiento mas altos de Latinoamerica, la carga tributaria supera el 25% del PIB. Y en Panama, donde supuestamente los ingresos tributarios son bajos, los ingresos del Canal de Panama los complementan. En ambos paises el Estado juega un papel fundamental. Que quede claro: ningun pais se desarrolla con una carga tributaria bajisima y regresiva como la de Guatemala. Lo que este periodico busca es simplemente mantener las cosas como estan... que hipocritas.
Con este editorial se tachan a si mismos de Hipocritas.
En tiempo de Arzu se quedaron callados todos. incluso hasta la corte de constitucionalidad.
Le dieron palo a Portillo, incluso hubo empresas en que durante 4 años no pagaron impuestos por estar atorados en amparos en la Corte. Y No los pagaron despues. Ni los que debian ni los que les cobraban.
Este enfrentamiento de que el Iso ES INCONSTITUCIONAL es una artimaña mas del CACIF, que pretende, cuando le conviene TRATAR DE INFLUIR EN NO PAGAR.
QUE LO DIGAN LOS GRANDES MONOPOLIOS .
Pura manipulacion e hipocresia
Jose Hernandez: (2008-09-22 12:32:17 horas)
Señores, seamos honestos. Porque si era inconstitucional, como aca se argumenta, un impuesto similar fue aprobado en el gobierno de Berger? porque habria de ser diferente ahora? Seria mejor indicar que mientras se cuente con la venia de la junta directiva del pais, todo pasa o puede pasar.
edwin juarez: (2008-09-22 12:18:41 horas)
al final los impuestos termina pagandolos el pueblo, por ejemplo el precio de las famosas gasolinas no ha bajado porque el gobierno ha pactado y seguimos pagando doble,triple,.( hasta mal cae ver a ese ministro de economia tratando de babosearnos).
Francisco Salazar: (2008-09-22 09:29:12 horas)
El gobierno no tiene autoridad moral ni tecnica para justificar mas impuestos, sobre todo en una epoca que a nivel mundial esta afectando a todos.
El Congreso por su parte es un grupo de depurables que menos aun puede pedirnos apretarnos el cinturon para financiar al un Estado como el actual.
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