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Guatemala, viernes 10 de octubre de 2008

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Opinión:

Laguna en la Ley de Acceso a Información

Mediante el Decreto número 57–2008 del Congreso, se decretó la Ley de Acceso a la Información Pública que, según informaciones de prensa, será sancionada hoy por el presidente Álvaro Colom. Esta ley entrará en vigencia 180 días después de su publicación en el Diario 

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Mediante el Decreto número 57–2008 del Congreso, se decretó la Ley de Acceso a la Información Pública que, según informaciones de prensa, será sancionada hoy por el presidente Álvaro Colom. Esta ley entrará en vigencia 180 días después de su publicación en el Diario Oficial.

Los fideicomisos constituidos o administrados con fondos públicos han sido fuertemente cuestionados por su falta de transparencia, por lo que se espera que, a través de la Ley de Acceso a la Información Pública, la población pueda acceder a las fuentes de información dentro de los fideicomisos, léase contrataciones, adquisiciones, inversiones, ejecuciones financieras, desarrollos, proyectos, estructuras organizacionales y demás.

Los administradores de los fideicomisos son los fiduciarios, es decir, las instituciones financieras en las cuales se constituyen los fideicomisos, los cuales están complementados por los denominados comités técnicos, integrados a propuesta de los fideicomitentes, que son las personas que ordenan los fideicomisos.

Sin embargo, entre los sujetos obligados a brindar información relacionada con los fideicomisos constituidos o administrados con fondos públicos, no se incluyen los fiduciarios y los comités técnicos, sino que solamente los fideicomitentes y los fideicomisarios (personas a quienes se destinan o benefician los fideicomisos). Estos últimos realmente no tienen información sobre el manejo de los fideicomisos porque nos los administran, por lo que es irrelevante que se les haya incluido entre los sujetos obligados.

¿Cómo tener acceso a la información proveniente de los fideicomisos públicos, si los fiduciarios y comités técnicos que los administran no están obligados a proporcionarla?
Esta omisión no fue producto de la casualidad. De plano, algún interesado quiso pasarse de listo, pero, afortunadamente, entre el cielo y la Tierra no hay nada oculto, y ya nos dimos cuenta del golazo.

Luego, los fideicomisos públicos, a través de los cuales se gastan miles de millones de quetzales anuales, seguirán siendo confidenciales, secretos, y por supuesto, inaccesibles a la población.

¡Qué razón tenían quienes anticiparon que, a través de las enmiendas en el Congreso al proyecto de ley original, se haría nugatoria la Ley de Acceso a la Información Pública! Para muestra un botón.
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7 comentarios:

  1. Juan Carlos Pensamiento Velasco: (2008-10-10 13:27:48 horas)
    La laguna puede haber sido maquiavelicamente orquestada o, simplemente, nadie sabía la diferencia entre fiduciario, fideicomitente y fideicomisario. Todo es posible con este Congreso formado y asesorado casi sólo por pendejos.
  2. sergio licardie: (2008-10-10 13:05:28 horas)

    La presente ley es un paso adelante, así que lo logrado es ganancia, su uso obligará a nuevos éxitos. No hay que frenar lo positivo porque haya fallas y faltas descubiertas, hay que usarla para exigir más, algo así como los aumentos de sueldo, cada vez hay que pedir más.
  3. Tomas Cornelio vicente: (2008-10-10 10:40:12 horas)
    Cada ley que aprueba el Congreso, ya es una le sucia y manuciada siempre a favor de ellos (los dipuatdos) me gustaría saber que interes tiene Mariano Rayo en esta ley, aunque ese pobre diputado habla como rayo pero no sabe nada ¿ Será un buen profesional este loco? bueno Rayo y Arzu la misma M...asa
  4. oscar pappa: (2008-10-10 09:16:50 horas)
    Entoces esas eran las enmiendas que los unionistas querian que quedaran en la Ley. JAJAJA y así dice Mariano "el tirador" Rayo que piensa transparentar el congreso JAJJAJA. MARRUYERO
  5. JOSUE AUGUSTO PEREZ FIGUEROA: (2008-10-10 08:14:10 horas)
    En Guatemala, insisto, los reglamentos son superiores a la ley, la ley ordinaria es superior a la CONSTITUCION, el criterio de la CC es superior a la CONSTITUCION y la autoridad de un funcionario publico, sea conserje o Ministro, es superio a la autoridad de un ciudadano que DELEGO su soberania en los LOS TRES PODERES DEL ESTADO: EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL. La preocupacion es VALIDA, dada la forma en se manejan los asuntos del Estado, pero si existiera una forma de hacer valer un ESTADO DE DERECHO, la CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA en cuanto el derecho de acceso a la informacion es suficientemente clara a no ser que la CC se pronuncie, como en otros casos, que la CONSTITUCION DICE LO QUE DICEN LOS EMPLEADOS PUBLICOS, incluidos los jueces. NUEVA GUATEMALA DE LA ASUNCION
  6. Alan Cosillo: (2008-10-10 07:30:50 horas)
    No me extrañaría que la mano de mono de Mariano Rayo haya hecho tal güisachada. A él y su grupo de corruptos de cuello blanco son los más interesados que no se destapen los fideicomisos.
  7. Roberto Ximenej: (2008-10-10 07:07:00 horas)
    Nada de estañarse. Después de 63 enmiendas para que fuera adoptada por el congreso, esta es solo una de las lagunas que ha esta ley le han encontrado. ¿Y la del secreto militar y como se define? Y hasta que no se ponga en practica y hayan apelaciones a la Corte Constitucional por los que quieren seguir con sus secretos, esta ley no va hacer muy viable ni útil. Y adivinen quien va hacer el primero en pedir pelo. Y no va hacer un calvo.
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