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Walter Peña
La Sesión extraordinaria continuará hoy.
Ayer fueron aprobados 146 artículos de la Ley de Armas y Municiones. Aunque está avalada en su totalidad será sometida a un fondo de revisión para analizar la redacción de sus artículos.
También se adicionaron cuatro nuevas normas. La primera de estas es la que define la intermediación. Son intermediarios dice la nueva ley quienes participen en la negociación o en arreglo de un contrato de compraventa, permuta, adquisición o transferencias de armas de fuego. Todos deberán contar con una licencia otorgada por la Dirección General de Control de Armas y Municiones, (Digecam), antes Departamento de Armas y Municiones, (Decam).
Otro de los artículos aprobados establece las prohibiciones generales para transferir, importar, exportar o intermediar cualquier tipo de armas, sus piezas o municiones a aquellos países con los que Guatemala tenga diferendos, los países que fomenten el terrorismo o donde haya indicio que las armas se utilizarán en actos de genocidio entre otros.
Se incorporó a la iniciativa los requisitos para los fabricantes de chalecos antibalas. En tanto que un cuarto artículo sugerido ayer establece una multa entre Q1,000 y Q1,500 para quien porte un arma sin la licencia respectiva. En adelante todos los delitos cometidos con armas de fuego no tendrán medida sustitutiva.
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