De conformidad con nuestra Constitución, la Corte de Constitucionalidad (CC) se integra con cinco magistrados titulares y cinco suplentes, cuyo período de funciones dura cinco años.
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De conformidad con nuestra Constitución, la Corte de Constitucionalidad (CC) se integra con cinco magistrados titulares y cinco suplentes, cuyo período de funciones dura cinco años.
Los actuales magistrados asumieron sus cargos el 13 de abril de 2006, por lo que el período de sus funciones terminará el 13 de abril de 2011.
La Constitución también establece que la Presidencia de la CC “será desempeñada por los mismos magistrados titulares que la integran, en forma rotativa, en período de un año, comenzando por el de mayor edad y siguiendo en orden descendente de edades”.
Durante el actual período de funciones de la CC se han desempeñado como presidentes del tribunal de lo constitucional los magistrados Alejandro Maldonado Aguirre (designado por el Congreso), Mario Pérez Guerra (designado por el Consejo Superior Universitario de la Usac) y Gladys Chacón Corado (designada por la Corte Suprema de Justicia), cuya gestión presidencial terminó el pasado lunes 13 de abril.
Ayer asumió como presidente de la CC el magistrado Juan Francisco Flores Juárez (designado por el Colegio de Abogados y Notarios), quien por segunda vez ocupará ese alto cargo, ya que durante el anterior período de funciones de la CC (2001-2006) también se desempeñó como tal.
Por cierto, Flores Juárez jugó un papel destacadísimo durante el anterior período de funciones de la CC, ya que tuvo la valentía y el coraje para oponerse a los designios del régimen eferregista (2000-2004), que se apoderó de la CC a través de la designación de magistrados ad hoc.
La primera gestión presidencial del magistrado Flores Juárez, quien también fungió como decano de Derecho de la Usac, se caracterizó por el rescate de la institucionalidad de la CC y por una importante proyección académica. Asimismo durante aquel período presidencial se publicaron importantes trabajos y ensayos en materia constitucional, así como el digesto constitucional y la jurisprudencia actualizada de la CC.
Sin duda, el conocimiento y la experiencia del magistrado Flores Juárez son garantía de que su segunda gestión presidencial incidirá en el necesario fortalecimiento de la CC, que tiene a su cargo la principalísima función de administrar la justicia constitucional.
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7 comentarios:
omar arias: (2009-10-07 19:50:40 horas)
me pueden decir cuales son los presidentes segundario y liberales de Guatemlala
jose sales hernandez.: (2009-04-15 18:52:48 horas)
No cabe duda que actualmente en Guatemala, encontrar a personas como el Licenciado JUAN FRANCISCO FLORES JUAREZ Y NINET MONTENEGRO, es imposible, lastima que solo existen esas dos personas, por que los demas no existen palabras de calificacion, pero ni la inmundicia, todos pero todos solo para mencionar una palabra, RATEROS, felicitaciones lic. flores, se positivamente aunque sea solo un año, pero algo positivo dejará usted.
Margarita Sagastume: (2009-04-15 15:52:44 horas)
Me siento contenta de leer que se publica esta tan merecida columna editorial. El licenciado Flores es una persona digna de ocupar el cargo quien cuenta no sólo con el conocimiento necesario sino con la humildad que debe llevar aparejada dicha función.
Sabemos Licenciado que con ud en la presidencia se resguardarán nuestros derechos!
Milton Morales: (2009-04-15 13:25:46 horas)
Me dejan asombrado señores de el periodico, solo falta que bañen a Flores y se tomen el agua.
Los insto a hacer una "investigación profunda" de esas que ustedes suelen hacer, sobre el magistrado Flores haber si pueden ser imparciales, ME IMAGINO QUE NO POR OBVIAS RAZONES.
josè figueroa: (2009-04-15 10:12:19 horas)
El Licenciado Flores Juà rez, inspira total confianza. Que Dios lo ilumine y que su gestiòn al frente de la corte sea fructifera y apegada a derecho. Guatemala lo merece.
sergio licardie V: (2009-04-15 08:47:25 horas)
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El principio tribal del consejo de ancianos, club de la tercera edad, sigue prevalesciendo en Guatemala. El principio rotatorio es importante, pero la forma como procede y se constituye es parte de lo desastroso observado en los ultimos anios. Nadie niega lo docto en lo que saben de mas por viejos que por diablos. Pero no nos olvidemos de la doctrina el Diablo era un angel exiliado y solo jala para su azadon. Necesitamos estructuras que se renoven constantemente, que se enriquezcan con el cambio, que sean independientes y seguras de su poderio para defendernos de los abusos de poder y el modelo y procesos deben de ser eficientes y sus resultados convincentes.
JOSUE AUGUSTO PEREZ FIGUEROA: (2009-04-15 06:23:54 horas)
Muchas flores para Flores. No entiendo como un jurista puede avalar desatinos juridicos.
La CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA es POLITICA y no JURIDICA aunque si constituye fundamento juridico. Me explico. El Estado de Guatemala dice que se organiza para garantizar la vida de sus habitantes, principio politico, pero por otra garantiza la libertad de empresa, pero esta libertad de empresa no puede contradecir el principio politico de garantizar la vida. Este dilema constitucional es un dilema politico y no juridico y no hay tal JUSTICIA CONSTITUCIONAL sino un principio CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, puesto que el ESTADO se yergue para garantizar la vida principalmente. La libertad de empresa es un asunto secundario y sobre este asunto han fallado en forma juridica y no politica.
La vida del ser humano es la razon de ser del ESTADO, lo demas es secundario.
NUEVA GUATEMALA DE LA ASUNCION
7 comentarios: