La Corte de Constitucionalidad (CC) escuchó los argumentos de las partes sobre el procedimiento con que se fijó la tarifa de Valor Agregado de Distribución (VAD).
L. ÁLVAREZ / V. GUDIEL
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Doriam Morales
la resolución de la CC sentará un precedente sobre la autoridad del ente regulador eléctrico.
Situación financiera de la EEGSA
>La reducción del VAD así como una menor demanda de electricidad ha mermado los ingresos y utilidades de la EEGSA que durante el primer trimestre de 2008 reportó ventas por Q984 millones, una reducción del 21.8 por ciento respecto a los Q1,258.7 millones facturados en el primer trimestre de 2008, mientras que sus ganancias se redujeron un 97.4 por ciento, de Q86.5 millones en el primer trimestre de 2008 a unos Q2.2 millones en los 3 primeros meses de 2009. >Juan Bautista Maselli, accionista minoritario de la EEGSA, dijo que la empresa no ha distribuido dividendos aduciendo que necesita acumular efectivo para enfrentar sus obligaciones financieras. Lo anterior también afecta al Estado que posee el 14 por ciento de las acciones de EEGSA. El 80 por ciento restante pertenece a Iberdrola de España, Teco Energy de EE.UU. y Electricidad de Portugal. La EEGSA posee activos por Q4 mil 232 millones y capital de Q1,299 millones.
Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad escucharon ayer los argumentos de la Comisión Nacional de Energía Eléctrica (CNEE) y la Empresa Eléctrica de Guatemala, S. A. (EEGSA) en torno a la
disputa generada por la fijación de la tarifa de Valor Agregado de Distribución (VAD) que regirá en el período 2008-2013.
La apelación fue planteada por la CNEE luego de que la Juez Segundo de Primera Instancia Civil, constituido en Tribunal de Amparo, María Cristina Fernández de Pinto, amparó a la EEGSA al considerar que la Comisión actuó fuera del marco establecido por la Ley General de Electricidad para fijar el VAD.
Carlos Colom Bickford, presidente de la CNEE, señaló que la comisión actuó apegada a la ley al aprobar las nuevas tarifas de distribución; agregó que de haber aceptado la propuesta presentada por la EEGSA esto hubiera representado que los consumidores le pagaran US$1,433 millones adicionales en los próximos 5 años.
La resolución 144-2008 emitida en julio de 2008 por la CNEE fijó el VAD en US$8.22 por kilovatio-mes para los usuarios de baja tensión simple y US$4.24 por kilovatio-mes para los grandes (industrias y edificios); ambas tarifas muy por debajo de lo solicitado por la EEGSA de US$24.8 y US$17.45 respectivamente.
¿Abuso de poder?
Hugo Villalobos, mandatario de la EEGSA, argumentó que la CNEE cometió “un exceso y abuso de poder” al fijar el costo del VAD sin considerar el estudio que presentaron; agregó que la EEGSA cumplió con efectuar las correcciones manteniendo el derecho de disentir sobre las observaciones de la CNEE, así como de la Comisión Pericial conformada para resolver las diferencias.
Se trata de dar certeza jurídica a las empresas y consumidores, afirmó Colom, al insistir que el estudio realizado por la EEGSA distaba mucho de lo que debería cobrar una empresa eficiente. realizan Despidos
Jorge Alonso, gerente de la EEGSA, solicitó que se confirme el amparo, pues la actuación de la CNEE no fue apegada a derecho y manejo los números a su conveniencia para desviar la atención del proceso legal.
Agregó que con el VAD actual los ingresos de la empresa se han reducido un 60 por ciento, lo que ha ocasionado que esta despidiera a unos 60 trabajadores.
La Corte de Constitucionalidad tiene hasta el 6 de julio para resolver si confirma o revoca el amparo otorgado a favor de la EEGSA. Si confirma el amparo a favor de la distribuidora, esto abriría la puerta para que la EEGSA reclame daños y perjuicios al Estado de Guatemala así como para poder incrementar sus tarifas.
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4 comentarios:
Sergio Rosales: (2009-06-18 18:41:55 horas)
En esta decisión se verá a quien obedece la Corte de Constitucionalidad, pues ellos mismos ratificaron un amparo en contra de la Municipalidad de MIxco, pues ésta reclamaba que era la empresa eléctrica la responsable de darle mantenimiento a las luminarias públicas. De esta cuenta, la EEGSA cobraba antes el 8% de tasa municipal de alumbrado, que ahora ha subido al 10%, no subieron el VAD pero subieron la tasa municipal por "el consumo de energía eléctrica en el alumbrado público", pero no es un alumbrado que ellos garanticen, pues la CC dejó eso en manos de las municipalidades ¿acaso las municipalidades son las responsables de cobrar el 10% de tasa municipal?... pagamos un 10% por un servicio que no garantiza la EEGSA, buena lección para los simpatizantes de las privatizaciones ¿el Estado de Guatemala, pagando daños a una empresa española? hasta con eso!!
Alejandro Ceballos: (2009-06-17 13:23:04 horas)
La EEGSA ha hecho un estudio a su conveniencia. Compraron la empresa en mucho menos de lo que dicen que vale ahora.
Ademas son mas poderosos que la ley pues no aceptan ni las constancias de excencion de IVA de los exportadores contraviniendo la ley misma.
Pero ojo que se juega la competitividad del país y la subsistencia de la industria.
Somos los mas caros de C.A. y probablemente del mundo.
Por ultimo, que puede pasar por la conciencia de la jueza que acaba con la industria y los empleos de los guatemaltecos? A donde nos llevan estos chapines? No se dan cuenta? Que nos claven los españoles ya es costumbre, pero nosotros mismos? Increible...... Debiese tomar clases de nacionalismo con Carlos Colom..... ese si es un chapin con faroles.
Que pena por los 60 trabajadores de la EEGSA pero el alto costo de la energía ha dejado sin empleo a mas de 60,000 guatemaltecos de otras ramas. Que la balanza de la justicia se incline a donde debe .....A LA JUSTICIA!!!!
Yo creo que el problema en todo esto es que la CNEE y la EEGSA, ambos mienten y encima de todo eso es que tiran a diestra y siniestra datos que son falsos pues los de uno y los del otro no coinciden.
steve alara: (2009-06-17 10:08:55 horas)
Es realmente preocupante que una empresa de servicio público, actúe con tanta irresponsabilidad. La tarifa se fija de acuerdo a criterios técnicos, atendiendo a la inversión realizada en infraestructura y a la calidad del servicio, entre otros aspectos. La EEGSA actualmente, dista mucho de ser una empresa eficiente; al tener un mercado cautivo (distribución o peaje por utilización de infraestructura) se ha despreocupado brindando un servicio deficiente y una pésima atención. La CNEE actuó apegada a la ley en beneficio de la población que hubiese sido afectada a través de una tarifa calculada conforme a los particulares intereses de la distribuidora, quien ha realizado todo tipo de maniobras para engordar sin merecerlo. La aplicación discresional de conceptos y la manipulación de datos son algunos de los mecanismos utilizados. Los funcionarios de la EEGSA y sus allegados indican que requieren certeza jurídica para la inversión de capitales extranjeros. Lo que los guatemaltecos requieren es que esa inversión sea de buena fé, apegada a principios empresariales, no una componenda para "exprimir" hasta las piedras; Si sus costos son muy altos, es porque no son eficientes. La manipulación de cuentas de gasto además, constituye un mecanismo "evasivo", entre otras cosas, al tiempo que recurren a instrumentos poco éticos para acomodar a su antojo utilidades; por esto el estudio tarifario presentado no se apega a las condiciones "estándar" del mercado, estando muy por encima de la media de la industria. Apelar sobre cuestiones políticas, sólo complicará su panorama, ya que su función debe ser eminentemente empresarial.
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