La Corte de Constitucionalidad debió resolver recursos pendientes antes de que se pudiera llevar a cabo la ceremonia anoche en el Congreso.
A. Pérez / J. M. Castillo
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Jose Luis Pos
Ganó la Batalla. Hugo Maúl y su hijo durante la ceremonia en el Congreso.
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La participación de funcionarios
El presidente Álvaro Colom indicó ayer que el Ejecutivo se encontraba totalmente abstraído del proceso de elección de la Corte.
Al ser cuestionado sobre la participación de funcionarios en el proceso que han cabildeado a favor de la Planilla 3 del Colegio de Abogados, Colom reconoció esta participación, pero indicó que es partidaria y no gubernamental.
“Ellos son parte del partido y este sí está trabajando en la parte que le corresponde en el listado final que se enviará al Congreso. Yo he sido muy claro de que no se revuelvan las funciones ejecutivas”, expresó el Presidente.
Los miembros señalados del equipo de Gobierno son Édgar Rodríguez, ministro de Trabajo, Jairo Flores, titular del Fondo Nacional para la Paz y Gloria Torres, cuñada del mandatario.
Denuncian intimidaciones
Roberto Molina Barreto, Alejandro Maldonado Aguirre y Mario Pérez Guerra, magistrados de la Corte de Constitucionalidad , se reunieron ayer con el procurador de Derechos Humanos, a quien le manifestaron que percibían intimidaciones entre opositores a las decisiones tomadas.
Molina, Maldonado y Pérez fueron los magistrados que votaron en favor de las resoluciones que revocaron los fallos del Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil y las Salas Segunda y Tercera de Apelaciones.
Las Comisiones de Postulación de aspirantes a las magistraturas de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y Corte de Apelaciones quedaron instaladas ayer, a las 22:00 horas, luego de solventar una serie de recursos que mantenían la incertidumbre sobre quienes debían ser los integrantes.
La ley establece que las comisiones deben quedar instaladas dos meses antes de que los nuevos magistrados tomen posesión. Hasta ayer no se sabía si sería posible, a pesar de que el presidente del Congreso, Roberto Alejos, había asegurado el día anterior que se cumpliría con el trámite.
Las dudas se debían a una serie de recursos interpuestos por las planillas 2 y 3, que se disputaban algunos de los nueve escaños que el Colegio de Abogados aporta a la postuladora, y era necesario esperar las decisiones de la Corte de Constitucionalidad (CC).
Entre las posibles soluciones planteadas estuvo la de Nineth Montenegro, ponente de la Ley de Comisiones de Postulación, quien señaló que la normativa permite dar posesión a dos terceras partes de la Comisión. De esta manera, los abogados que estuvieran pendientes de aclarar su condición legal, podrían integrarse después.
La opción planteada por Montenegro recibió el apoyo de la sociedad civil; sin embargo, Estuardo Gálvez y Félix Serrano, presidentes de las comisiones, expresaron que esperaban que se instalaran las comisiones completas. Esta decisión obligó a esperar hasta las 21:30, cuando la CC envió las últimas resoluciones, y los tribunales electorales del Colegio de Abogados, Corte de Apelaciones y CSJ presentaron en el Congreso los nombres de los integrantes de las comisiones. La ceremonia tuvo lugar en la sede del Congreso.
Los recursos en trámite
Los atrasos empezaron con un error en la aplicación del sistema de D’Hondt en el Colegio de Abogados que dejó a Hugo Maúl Figueroa, de la Planilla 2 fuera de la comisión para elegir magistrados de la CSJ.
La CC emitió una resolución el pasado 4 de agosto en la que ordenaba la instalación de Maúl, pero el Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil revocó esta disposición el pasado martes, con lo que el escaño se le asignaba a Sergio Escobar, de la Planilla 3.
Esta decisión del juzgado fue anulada la tarde de ayer por la CC y Maúl volvió a ser instalado en la comisión. La Corte envió también una notificación al Ministerio Público. Roberto Molina Barreto, magistrado de la Corte señaló que el objetivo es que se establezca que el juzgado incurrió en desobediencia.
La CC también debió resolver dos recursos interpuestos que pedían la revocatoria de una disposición para quitar de la comisión a Claudia Abril y Óscar Pineda, ambos de la Planilla 1.
Estos fueron los últimos recursos en resolverse; sin embargo, Abril y Pineda ya habían desistido y retiraron los recursos.
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9 comentarios:
Teresa Palma: (2009-08-13 22:52:48 horas)
No perdamos de vista el asunto central, el procedimiento para adjudicar los puestos de la comisión. En vez de insultar y alegar tonterias dediquen su tiempo en buscar en google el método (metodo D'Hondt). Van a encontrar muchos sitios que hacen la distribucion en base al metodo establecido en la ley. Ingresen los resultados de las elecciones y van a ver, sin lugar a duda que la CC tiene la razon!!! No sean haraganes y hagan los calculos ustedes mismos y asi de facil queda claro que el CANG nos esta tratando de engañar a todos! Que bueno que los magistrados de la CC estan haciendo lo correcto y protegiendo el imperio de la ley y la justicia.
R.Arriaza España: (2009-08-13 17:56:27 horas)
Un recordatario a las personas que brindaron sus comentarios sobre éste artículo,no existe ninguna "aberración" respecto a la resolución de la CC. El entuerto jurídico lo causaron los güizaches inconformes.
Roberto Chavez: (2009-08-13 11:53:12 horas)
Es aberrante y arbitraria la resolucion de la CC. El Juez Noveno puede con la Ley renovacar en cualquier momento el amparo provisional. Que eso no les agrade a Molina Barreto y al sin caracter de Maldonado Aguirre es otra cosa.
LOS QUE VIOLARON E IMPUSIERON A LA FUERZA SON ESTOS MAGISTTRDOS.
NO ES LA PRIMERA VEZ QUE LA CORTE CELESTIAL SE QUEDA CON SU CAPRICHO!!!
Lo unico positivo es que el honorable Abogado Mario Fuentes Destarac este en las comisiones, aunque tambien no cumplio con todos los requisitos para estar inscritos. Es ironico, pero la Licda Abril le falto pantalones para luchar por sus derechos que fueron violentados. Eso sucede por proponer personas sin caracter y que se asustan con un periodicazo.... Aloooo!!!! Roberto Lopez....
Laureano Perez: (2009-08-13 11:40:12 horas)
Es vergonzosa y aberrante las resolucion de la CC en la cual impusieron a un abogado que perdio una leccion.
En donde quedan los derechos Constitucionales de milles de abogados que acudieron a ejercer su voto?
Los Magistrados Molina Barreto, Maldonado Aguirre deben enfentar la violaciones a la Constitucion.
efrain aguilar: (2009-08-13 11:21:20 horas)
Si solamente es el 25% propiamente tratado, quiere decir que quienes lo estan haciendo son personas o entidades responsables a quienes se les deberia de darseles un incentivo y reconocimiento. Al 75% restante se les deberia de multar o penalizar para que dispongan de esos desechos de la manera adecuada. Mucha de la culpa es el MSP ya que sabiendo quienes estan registrados, y generan este tipo de desechos no son monitarizados e inspecionados exigiendoles que presenten evidencia de su desecho, como de la manera que lo acumulan. Nuestra mentalidad tiene que ir cambiando, para fomentar un hambiente mejor para nuestra propia descendencia. Felicito a aquellos que de manera responsible estan tratando con este tipo de desechos y me averguenzo de aquellos otros, que sabiendo lo que tienen que hacer no lo hacen solo por obtener un poco mas de ganancias, personales. Y al MSP que haga el trabajo para lo cual fue instituido.
Byron Lopez: (2009-08-13 10:54:21 horas)
Muy bien por Hugo Maul y por la desicion de la CC porque era una aberracion juridica la decision del juzgado Noveno de Primera Instancia Civil. Aunque en Guatemala juridicamente se ve de todo y con conectes todo se puede hacer, triste pero cierto.......
Oscar Castañeda: (2009-08-13 09:24:48 horas)
disculpen mi ignorancia, pero sera que algun participante de este espacio o ed el periodico me podria explicar para que sirven esta comisiones de postulacion,,,,,,,que postulan o cual es su funcion, gracias?
David Pineda Barrios: (2009-08-13 09:15:43 horas)
No obstante mi satisfacción porque Hugo Maúl haya resuelto favorablemente su situación, debo señalar que:
1. Que el juzgador que revocó el amparo provisional NO INCURRIÓ EN DESOBEDIENCIA;
2. Que el juez que revocó el amparo provisional, lo hizo con base en lo que la ley le permite; la ley de amparo en su artículo 30 establece que el amparo provisional se puede revocar en cualquier estado del proceso.
Por lo señalado, considero que la actitud de indignación de los magistrados de la CC es presuntuosa, porque no obstante que tienen la última palabra en cuanto a constitucionalidad se refiere, este caso particular no era el caso.
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