Mientras que el Consejo Nacional de Áreas Protegidas y el Ministerio de Comunicaciones ven legal la construcción, ambientalistas lo niegan.
Con una forma de círculo turquesa casi perfecta, esta laguna flota como una esmeralda en su propio espacio de selva rodeada de un parche de tierras deforestadas. Observar la laguna de Lachuá desde el aire es como tomar un curso exprés de manejo de bosques tropicales y del significado de una isla ecológica.
Este lago de 14 mil 500 hectáreas perdido en una de las regiones más olvidadas de Guatemala es una de las áreas protegidas más hermosas del país, a pesar de los riesgos ecológicos que se ciernen sobre ella. Docenas de operaciones madereras ilegales han acabado con muchas de sus caobas gigantescas, a pesar de que, sobre el papel, se encuentra protegida en la categoría de “parque nacional”.
Con la próxima inauguración de los trabajos para la construcción de la carretera de la Franja Transversal del Norte (FTN) surgió la controversia sobre la legalidad de que esta vía atraviese uno de los extremos del Parque Nacional de la laguna.
Autoridades del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (Conap) y del Ministerio de Comunicaciones aseguraron que la carretera “no incursionará en la zona núcleo” de este parque nacional.
“Se trata de un proyecto de rehabilitación y mejoramiento de un camino ya existente, cuyo estudio de impacto ambiental fue aprobado en 2006 por el Ministerio de Ambiente y el Conap”, mencionan.
El Parque Nacional Laguna Lachuá fue declarado área protegida en diciembre de 1996 y en su zona norte se ubican dos carreteras públicas y balastradas desde 1970, “una de ellas es la Franja Transversal del Norte“, indican. Esta ruta fue construida en los años setenta y fue hasta 2006 que se aprobó el estudio de impacto ambiental de la nueva carretera.
Según la Secretaria Ejecutiva del Conap, Claudia Santizo, la ruta donde se proyecta construir la FTN es una servidumbre de paso ubicada en la Zona de Uso especial, donde “se permite este tipo de estructuras”.
Yuri Melini, del Centro de Acción Legal Ambiental y Social de Guatemala (CALAS), opinó que la existencia de un camino en la zona, no justifica la construcción de la FTN por ese mismo lugar. “No es lo mismo una brecha, que una carretera asfaltada”. “El parque se creó en 1989. Según la Constitución, las áreas protegidas son inalienables, no se les puede cambiar su vocación”, dijo. Sobre los diferentes tipos de manejo dentro de la reserva indicó que, “un parque nacional no tiene zonificación interna”. Existen diferentes clases de áreas protegidas, las más estrictas son “el Parque Nacional y el Biotopo no tienen áreas de uso múltiple”.
Según Byron Paiz, viceministro de Infraestructura del Ministerio de Comunicaciones, cuando se hicieron los estudios finales de la FTN sí buscaron otras alternativas al norte, pero por el tipo de vegetación –humedales entre los principales– resultó impráctico.
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