Conseguir al Jefe del MP idóneo es un sueño de difícil realización en Guatemala.
AlFiscal General y Jefe del Ministerio Público le corresponde con exclusividad el ejercicio de la acción pública penal. En otras palabras, si no hay voluntad o criterios imparciales y técnicos para ordenar la investigación, la víctima queda al margen de su derecho a obtener justicia, evidentemente uno de los elementos que origina los altos niveles de impunidad. El sistema establecido favorece la discrecionalidad en la decisión de investigar y en su caso llevar a debate el hecho denunciado
El Fiscal es nombrado por el Presidente de la República de una nómina de seis nombres escogidos por la Comisión de Postulación para ocupar el cargo para un período de cuatro años. La organización y funcionamiento del Ministerio Público se rige por su ley orgánica.
Con el paso de los años, ha sido motivo de críticas el resultado negativo que ese mecanismo de selección ha tenido para el ejercicio autónomo de la institución. Además, el nombramiento de nuevo Fiscal a mitad del período de Gobierno, abre el espacio para que el mandatario de turno aproveche condicionar su escogencia al compromiso de sumisión de parte del elegido y a la garantía de que no prosperarán investigaciones sobre el desempeño en el período gubernamental fenecido.
Otro elemento esencial y primario es la “reconocida honorabilidad” que como punto de partida debe ser entendida en su sentido amplio que mejor se describe como notoria honorabilidad. Según la RAE es honorable la persona digna de ser honrada o acatada. La honorabilidad es la cualidad de persona honorable y es notoria/o y el reconocimiento alude a que la honorabilidad sea clara y evidente, pública y sabida por todos, no solo en relación a situaciones legales (que no haya sido condenado en juicio) sino en aspectos éticos, que en el caso de las altas autoridades del sistema de justicia, incluye la percepción pública de su trayectoria en el ejercicio de su profesión.
Por supuesto cae de su peso que si a toda persona por el hecho de no haber sido condenada en juicio legal se le atribuye esa honorabilidad, en nuestro país el concepto carecería de sentido con el lamentable índice de un 96 a 98 por ciento de impunidad, que por cierto resulta penoso ante el 48 por ciento que se estima para nuestro vecino El Salvador y el envidiable 2 por ciento de Chile.
Por la misma razón, es absurdo que se exija documentar y probar cualquier señalamiento argumentando principios del debido proceso como si se tratara de un procedimiento legal.
Si no estoy mal, la jefatura del MP la han ocupado cinco profesionales del derecho, de los cuales al menos dos de ellos han practicado en el área penal. Sin embargo, durante sus gestiones, poco o nada ha cambiado la dinámica de la institución que crecientemente se refleja como una entidad incapaz de manejar debidamente su tremenda responsabilidad.
Anima la esperanza observar la fiscalía especial que apoya CICIG, en donde se evidencia que cuando hay voluntad de hacer y una guía técnica e informada para recabar las evidencias disponibles que lleven a plantear una acusación basada en pruebas científicas y no solo en las declaraciones de testigo, se puede cambiar el rumbo de la institución, se puede superar la desidia, la corrupción y la ineficacia.
La concreción del nombramiento de un Fiscal idóneo es un sueño de difícil realización, especialmente de alguien con la integridad y el carácter para decir NO a los condicionamientos y presiones desde el más alto nivel, pero la batalla debe librarse sin ceder a los chantajes y a la mediocridad que por cuatro años más nos suma en la oscuridad.
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