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Guatemala, viernes 05 de marzo de 2010

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Opinión:

Las decisiones de las Cortes

¿Politización de la justicia?

Álvaro Castellanos Howell

Fuente menor Fuente normal Fuente grande

DonCésar Leonel Mejía Rodríguez escribió una carta que fue publicada en la edición del miércoles 3 recién pasado y que identificó con el mismo título que hoy tomo prestado de él. Reflexiona si el fallo de la Corte de Constitucionalidad (CC) mediante la cual se destituyó al ahora ex Ministro de Educación, fue en legítima defensa de la Constitución o si se dictó por presiones políticas. Simplemente se interroga qué fue lo que pasó. Me parece oportuna la preocupación ciudadana del señor Mejía Rodríguez: ¿cómo asegurar la creencia en la justicia y en el imperio de la ley?, ¿cómo asegurar la designación de magistrados imparciales e independientes?
Además de lo anterior, han aparecido también en esta semana, dos derechos de respuesta de uno de los Magistrados de la CC, en donde expone su posición frente a serios señalamientos que le hizo días antes un ciudadano inconforme con su actuación en dicha Corte. El Magistrado que responde, citando al autor Fernando Hinestrosa, dice “Me preocupa el protagonismo judicial…”


El activismo judicial está bien, siempre y cuando las resoluciones que se dicten estén debidamente fundamentadas, razonadas y que partan de un afán intachable de hacer justicia de manera independiente, imparcial y plegado únicamente a la conciencia del juzgador. El problema es si ese activismo judicial, esa judicialización de la política viene dada por intereses personales para congraciarse con ciertos sectores con fines reeleccionarios, por ejemplo.


Por la coyuntura que atraviesa nuestro país creo fervorosamente que son los jueces quienes pueden rescatar en gran parte nuestro sistema democrático, aplicando un derecho vivo y realista que incluye la ley en sentido amplio, pero también valores y principios constitucionales sobre los que debe descansar aquella. Es decir, el activismo judicial a veces no sólo se justifica, sino que es imprescindible. Pero entendido como un activismo razonado, fundamentado, humanista, prudente y transparente. Por el contrario, un activismo que no revista estas características, daría base a un “gobierno de los jueces” tan temible como cualquier otra dictadura. ¿No será que el verdadero problema es la politización de la justicia? Esta pregunta se antoja válida ante la renovación de la CC que habrá de realizarse el año entrante y los casos que ya se vislumbran en el horizonte, como la posible candidatura de la Primera Dama de la Nación.

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6 comentarios:

  1. Estuardo G. Sánchez M.: (2010-03-05 19:27:32 horas)
    Acertada o no, la decisión de destituir al Dr. Argueta, de todos modos huele a podrido. A la actual CC (y tampoco a la anterior) nunca se le ha visto ningún gesto claro de total independencia del poder ejecutivo, sea Berger o Colom. Hay varios ejemplos descarados de procedimientos en los que la misma CC violenta el debido proceso contra todo derecho sin que nadie pueda decir ni hacer nada pues, como bien se dijo anteriormente, se trata de la Corte Celestial. Ergo: Todo el desorden jurídico y político comienza allí, en donde los magistrados se han puesto máscaras de honorables y justos, pero no son ni lo uno ni lo otro y también ellos han defraudado y traicionado a quienes hemos cifrado nuestras esperanzas en ellos sin que eso les importe un pepino. A ellos y a todos los demás que han actuado con venalidad yo les digo: " Todas las cosas te traicionarán a ti que me traicionaste".
  2. plutarco pivaral: (2010-03-05 13:26:16 horas)
    Al respecto del artículo de Castellanos Howell del dìa de hoy, me permito señalar lo siguiente: a) pondero y valoro la resolución de la Corte de Constitucionalidad que posibilitó la destitución del Ministro de Educación. b) Creo que los magistrados que con muchos pantalones se atrevieron a emitir esa resolución pusieron las cosas en su lugar, puesto que el artìculo 50, letra b) de la Ley de Amparo, Exhibiciòn Personal y de Constitucionalidad los faculta para una decisiòn como la que asumieron. Aunque el artìculo 18 de la misma ley determine que es el tribunal de primer grado el que debe ejecutar una resolución cuando se trata de un amparo bi-instancial, cabe preguntarse...Que tribunal del paìs, aparte de la C.C. se hubiera atrevido a tomar tal decisiòn?. La Corte Suprema de Justicia, cooptada por el gobierno no hubiese asumido el cumplimiento de la ley, ya que dicho tribunal esta cooptado por el gobierno y al servicio del mismo, empezando por el propio presidente Alvarez y los magistrados Aldana, Maldonado, Bonilla y otros. Estos magistrados pretendían declarar sin lugar la acción de amparo de Nineth Montenegro y para el efecto el diligente representante de la señora Sandra Torres, Licenciado Héctor, ya habìa elaborado un proyecto posibilitando el ocultamiento de los datos de Mifapro. c) El voto razonado de Mandonado Aguirre, solo confirma lo que siempre hemos pensado de tal personaje: Es un hombre servil, siempre al servicio del poder, del cual obtiene siempre satisfacciones. No olvidemos que su hijo, del mismo nombre ocupa un cargo de relevancia en el gobierno d) Tampoco debemos perder de vista que un izquierdista de gabinete y de rolex, con Castellanos Howell, está haciendo puntos desde su tribuna periodistica para ser electo Magistrado de la Corte de Constitucionalidad en el proximo perìodo, lo cual sería un error porque es un persona que navega con las luces de izquierda, pero es recalcitrantemente de derecha. Adviertase que pertenece a un bufete al servicio de la oligarquìa. e) Yo me complazco de que haya magistrados valerosos y "...con los huevos bien puestos..." como Francico Flores, Roberto Molina Carlos Luna, Mario Pérez y el Jorge Alvarez Quiróz y lamento la presencia en ese tribunal del siempre servil y oportunista Maldonado Aguirre, que estoy convencido será mantenido en su cargo por el actual gobierno, en pago de sus servicios. Prefiero un gobierno de jueces severos pero honrados que una Corte entregada a polìticos hipócritas Plutarco Elias Pivaral
  3. Gilmar Fuentes Juárez: (2010-03-05 10:50:30 horas)
    Me viene a la mente una columna escrita y analizada por Edgar Gutiérrez, sobre el papel de la CC., en ella se decía que en la actualidad la CC., se ha tomado como un oráculo, en donde cualesquiera interrogantes, dudas, entredichos, pretensiones, acciónes y demás; son decididas por la CC., y lo que dice la CC., es válido "de toda verdad", opinión gubernamental o particular en contrario, es considerada una falacia o desconocimiento e ignorancia, por la CLARA Y NATA DE LA VIRTUD Y EL CONOCIMIENTO. Eso lo saben los magistrados de la CC., "como siempre lo han dicho, después de la CC., únicamente la Corte Celestial". La CPRG, en el artículo 268 claramente enuncia que "La CC., es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función esencial es LA DEFENSA del orden constitucional (...)", no la reforma. Y si su única función es la defensa del orden constitucional, claramente debe saber que el proceso de destitución de un ministro, es por el procedimiento establecido en la propia Constitución, por voto de falta de confianza por el colegio legislativo, esa es la interpretación constitucional y no reforma constituciónal de hecho. Lo que está haciendo la CC., con destituír al ministro, es excederse de sus funciones y con esa misma resolución de destitución, está ella misma violando la propia Constitución; lo que redunda en consecuencias penales.
  4. JOSUE AUGUSTO PEREZ FIGUEROA: (2010-03-05 09:52:47 horas)
    La funcion constitucional de la corte es la defensa del orden constitucional. Que es un juzgado poltico tambien es cierto. Pero es que hacer poltico debe estar enmarcado dentro del orden constitucional, es decir, debe hacer apelando a ella misma para fundamentar sus decisiones y nunca recurrir a la doctrina CONSTITUCIONAL a no ser para, siempre guardar el ORDEN CONSTITUCIONAL. Tengo mis serias dudas acerca de la resolucion el caso del Bienvenido Argueta, pues se hizo una argumentacion parcial del Constitucion Politica de la Republica de Guatemala. A la Corte de Constiucionalidad la estamos prostituyendo en cuanto se somente a su juicio asuntos que debieran ser resueltos el orden juridico interno, conforme las leyes ordinarias. Pero hay un uso y un abuso de tal instancia. Y despues nos lamentamos de la falta de institucionalidad. NUEVA GUATEMALA DE LA ASUNCION
  5. Ricardo Morales: (2010-03-05 07:01:30 horas)
    Dos columnistas de la prensa nacional nos recomendaba nuestro catedrático. El licenciado Castellanos Howell y el Licenciado Orellana Rojas. Nos decía que era apreciable su capacidad de síntesis. Ahora lo confirmo. La pregunta que él siempre nos dijo que era difícil de responder: ¿Quién controla al contralor?
  6. Carlos Humberto Ruiz: (2010-03-05 01:20:39 horas)
    Mi campo es la medicina y la comunicación social. Aclaro con lo anterior que no soy abogado. Considero que la resolución de la CC fue por la presión mediática que se desato en contra del Ministro de Educación, iniciada por una diputada políticamente incorrecta en sus apreciaciones con intereses personales. Otro asunto es que uno de los magistrados expreso de que la petición de destitución no estaba firmada por la susodicha, entonces viene la pregunta ¿no es una falla el haberle dado tramite sin lo fundamental como la firma), si yo emito un certificado Médico sin firma o sello no es valido, esto según las leyes plasmadas en la Constitución, y¿ no será lo mismo con la petición a la CC?. Aclaro con relación al ex-ministro Argueta, si es fundamental la experiencia en educación, la administración del Ministerio se da en concordancia con la experiencia educativa, se deben de asignar asesores administrativos especialistas en varias ramas, contabilidades, de proyectos, abogados, etc. Es un trabajo en equipo y deberá funcionar como células de desarrollo. makanitauno@gmail.com
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