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Guatemala, jueves 29 de julio de 2010

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Opinión:

Indulto en el limbo

El Artículo 4, numeral 6, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), ratificada por el Estado de Guatemala, dispone que toda persona condenada a muerte tiene derecho a solicitar la amnistía...

elEditorial

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El Artículo 4, numeral 6, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), ratificada por el Estado de Guatemala, dispone que toda persona condenada a muerte tiene derecho a solicitar la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena, los cuales podrán ser concedidos en todos los casos; y, asimismo, que no se puede aplicar la pena de muerte mientras una solicitud de ese tipo esté pendiente de decisión ante autoridad competente.


En ese mismo sentido, el Artículo 6.4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, también ratificado por el Estado de Guatemala, establece que toda persona condenada a muerte tendrá derecho a solicitar el indulto o la conmutación de la pena; y, asimismo, que la amnistía, el indulto o la conmutación de la pena capital podrán ser concedidos en todos los casos.


Hasta el 1 de junio del 2000, la facultad de conceder indulto o conmutar la pena de muerte (sustitución por la máxima pena de prisión), conocido comúnmente como el recurso de gracia, correspondía al Presidente de la República, conforme lo ordenaba el Decreto 159 de la Asamblea Legislativa. Sin embargo, dicho Decreto fue derogado por medio del Decreto # 32-2000 del Congreso, a raíz de que el ex presidente Alfonso Portillo (2000-4) se negó a asumir la responsabilidad de conceder o no el indulto que soliciten los condenados a muerte.


A la fecha, más de 50 condenados a muerte por los tribunales de justicia se encuentran pendientes de la última palabra. Por cierto, esta situación de impasse dio lugar a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictaminara, en sentencia del 20 de junio del 2005, que el Estado de Guatemala debía regular el procedimiento de indulto para los condenados a muerte.


La actual Legislatura, con el voto favorable de 140 diputados, aprobó, en febrero del 2008, la Ley Reguladora de la Conmutación de la Pena para los condenados a muerte, mediante la cual se restituía al Presidente de la República la decisión de conceder o no el indulto que soliciten los condenados a muerte. No obstante, el presidente Álvaro Colom, argumentando inconstitucionalidades, vetó el indicado Decreto legislativo y todo volvió a quedar en el limbo jurídico.
En nuestra opinión, el Presidente de la República, en su carácter de Jefe de Estado, debe ser quien conceda o no el indulto, por lo que el Congreso debe rechazar el referido veto presidencial. ¡Basta ya de darle vueltas al asunto!

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13 comentarios:

  1. jose andrade: (2010-07-30 12:00:34 horas)
    De acuerdo totalmente con que sea la corte de constitucionalidad la que conozca el indulto. Son magistrados con pleno conocimiento del derecho guatemalteco por lo tanto podran establecer si dentro del proceso llevado en contra de la condena de muerte, si existe suficiente evidencia ante la cual sea inevitable la pena de muerte. Cada caso es distinto y es problable que no todos merezcan morir, pero aquel que ya no tiene ni respeto por su propia alma que no siga ROBANDO OXIGENO. BIEN POR LIDER Y POR BALDIZON, la corte de constitucionalidad es la obligada, como garante de los derechos contitucionales.
  2. JORGE MARIO RUIZ GIRÓN: (2010-07-30 01:00:47 horas)
    Sigo esperando que saquen a luz mi comentario de esta tarde. Qué les pasó? GRACIAS.
  3. jORGE MARIO RUIZ GIRÓN: (2010-07-29 23:52:42 horas)
    Ocupa uno su tiempo en la lectura de su portal, participa con el afán de contribuir al debate y, con todo, no sale a luz ese esfuerzo, por qué? GRACIAS.
  4. jORGE MARIO RUIZ GIRÓN: (2010-07-29 23:51:56 horas)
    Ocupa uno su tiempo en la lectura de su portal, participa con el afán de contribuir al debate y, con todo, no sale a luz ese esfuerzo, por qué? GRACIAS.
  5. Hugo Sanchez: (2010-07-29 22:48:58 horas)
    es o no es un disuasivo la pena de muerte? es o no es un disuasivo 50 años de prisión, porque si ni lo uno ni lo otro son disuasivos, eliminemos las sentencias a prisión. Los defensores de los derechos de los criminales (PDH) dicen que la pena de muerte no es disuasivo, y creo que no esta lejos que pidan que cierren las carceles porque tampoco es disuasivo estar preso, ya que para ellos si un delincuente mata, es por falta de oportunidades, no tiene donde entretenerse por lo que se entretiene matando y robando y que culpa tiene el pobre delincuente de que un honrado ciudadano se cruce en su camino, tonto por ponerse al frente del maton ya que el tiene todo el derecho de matar por ser un incomprendido, por lo tanto no se le debe de aplicar la pena de muerte porque es un pobre nene que nadie comprende y como dice el primer caballero, aguantense mucha solo cuidense de no ser uno de los 17 muertos del dia porque a los pobres criminales hay que dejarlos que se saquen sus trabes, ya que ellos no tienen la culpa de ser como son, es la sociedad, por lo tanto tienen derecho a vengarse de ella y bla bla bla. Señores si alguien mata a otra persona pierde el derecho a su propia vida, tiene que pagar por eso, no es para disuadir a nadie, es solamente decirle al asesino que la paga de su accion es la muerte, si robó la paga es prisión, cada quien tiene que pagar por lo que hace sea bueno o sea malo punto.
  6. jORGE MARIO RUIZ GIRÓN: (2010-07-29 21:22:54 horas)
    La pretensión es contribuir al debate. Hace varias horas envié mi comentario y no ha sido publicado. GRACIAS.
  7. JORGE MARIO RUIZ GIRÓN: (2010-07-29 17:14:47 horas)
    Por qué no ponderamos, mejor, que conforme a las Escrituras, la pena de muerte es contraria, absolutamente, a la voluntad de DIOS? Por qué cree usted, ciudadano, que el N.T., no describe un solo caso o ejemplo, en comparación con el A.T.? Con seguridad le respondo que la respuesta la encuentra en Mt. 22.39: Amarás a tu prójimo como a ti mismo. El siguiente dice: De estos dos mandamientos depende toda la ley y los profetas. Es de tomar en cuenta que no practicar la justicia y no amar la misericordia, nos impide arrodillarnos ante la Majestad de DIOS. No hacer Su voluntad, apareja como consecuencia, sufrir toda esta clase de azotes, plagas, dolor, impotencia, desesperanza, abusos, que diariamente expresamos. Hay una mayoría -mundial- que dice seguirle, pero a su manera. El SALVADOR del mundo, dijo: "Yo soy el camino...". Hay, pues, una SENDA -que el mundo no conoce...", dice una alabanza- que ninguna religión se la enseña; encuéntrela usted mismo, leyendo la Biblia. No se engañe ni se deje engañar. Con razón -el quinto evangelista- Isaías, por inspiración divina, dijo: "Este pueblo de labios me honra; más su corazón está lejos de mí. Pues en vano me honran, enseñando como doctrinas, mandamientos de hombres. ¿Acaso, no es eso lo que se demanda legislativa o judicialmente, todos los días? Por qué no, por ejemplo, hacemos lo que estaba prescrito para todo judío, repetir dos veces el Shemá hebreo, Dt. 6.4,5. El mensaje es, pues, no se EQUIVOQUEN. La pena de muerte NO ES LA SOLUCIÓN. No sigamos obstruyendo la Justicia divina. Conmútesela, y póngase a trabajar, con remuneración, al convicto; por mucho, la Palabra aconseja que el hombre comerá su pan con el sudor de su frente. Que se empiece por considerar su plan perfectamente elaborado. AMÉN.
  8. César Dávila: (2010-07-29 14:45:43 horas)
    Si la pena de muerte "dicen" que no es la solución. Entonces que también nos quiten las multas por pasarnos los semáforos en rojo, pues al final, es menor pecado que matar a sangre fría. ¡Que casualidad que un ASES... se quitó de las manos el mandar a matar a los matonos (entiéndase Portillo), pero cuando a él lo estaban chingando entonces si se quebró a dos y se sintio muy macho, hasta lo dijo en una entrevista o no. Y qué casualidad que un falto de HUE... ahora no quiere tomar su responsabilidad, y como bien dice alguien abajo de éstas letras: Preferible que se mueran 17 o 20 guatemaltecos trabajadores a diario, que mandar a matar a 50 LACRAS y ya. Bien dijo Espada: hipocritas y mentirosos. Jodidos estamos amigo Sancho...
  9. Luis Aragón: (2010-07-29 12:55:51 horas)
    Y los asesinos indultan a sus victimas, antes de matarlas? Siquiera por consideración de ser mujer, anciano o niño? Consideran o tienen un pelo de piedad antes de meterles el cuchillo, un balazo o estrangulación cuando le cortan la vida a su semejante? Y este chambón de presidente que tenemos, solo bueno para darle todo el presupuesto a la sandraña para que lo derroche en darle limosna a los pobres y en la pobre propaganda que los prestigiosos diarios se prestan a publicarle, para sentarla en el trono para que sea presidenta a puro huevo..na nay. No seamos babosos, no nos dejemos engañar..protestemos hombre
  10. sergio santos: (2010-07-29 11:48:45 horas)
    Bueno creo que es más criminal que por falta de huevos de Colom maten a 19 chapines diarios y estos 50 guatemalos sigan comiendo a costillas de los que pagan impuestos. Bueno don Alvaro Colom lavese la cara y cumpla su responsabilidad.
  11. Guillermo Maldonado C: (2010-07-29 11:28:51 horas)
    Para resolver esta preocupación del Consejo Editorial hay otro camino o pudiera matizarse el primero de ellos. El Pacto de San José principia señalando que toda persona tiene derecho a que se respete su vida y la Constitución de Guatemala faculta al Congreso de la República abolir la pena de muerte. Esto es, salir del limbo y quizás alcanzar el cielo. ¿O el editorialista pensaba en Hades o en Ah Puch Dios de Xibalbá y rey del inframundo? En nuestro medio el positivismo jurídico tiene serias limitaciones de orden ético y práctico de cara a una endémica e histórica inequidad social y su correlato de fragilidad y corrupción institucional. Cuando Alberto Binder llegó a Guatemala a promover la reforma del proceso penal reconocía abiertamente, con ese acento tan característico de los argentinos, que en sociedades como las nuestras “solo se aplican las leyes penales al ladrón de gallinas…” en tanto prevalece la impunidad en los círculos político y económico para los delincuentes de cuello blanco. Esto no ha cambiado, se ha profundizado. ¿Entonces? Hay que seguir dándole vueltas al asunto ¡Pero en serio! Que regrese Minugua y hay que darle otra concesión a la CICIG pero del doble a la que “los buenos” le dieron a Perenco Guatemala Limited.
  12. Profr. Carlos Humberto Díaz: (2010-07-29 09:10:10 horas)
    Algo para reflexionar, Los derechos Humanos están fundados en los valores inalienables del ser humano ¿quienes son los que adquieren derechos humanos; el hombre y la mujer de la evolución o credo religioso, es simplemente un concepto filosófico o de la ideología humanista o son las personas ciudadanos con derechos Constitucionales? En Guatemala donde la Constitución marca la pena de muerte a uno o varios de sus ciudadanos por delitos penados, el gobierno en funciones no esta por encima de la ley y por ende, al recibir la investidura de representación del Estado y gobierno se convierte en ejecutor y custodio de las leyes constitucionales y no depende de la autoridad en funciones el cuestionar a conciencia si es bueno o malo. Los famosos Derechos Humanos como institución internacional y mundial no están por encima de ninguna ley constitucional, mucho menos son un apéndice que se debe integrar en sus Artículos o Secciones; ese trabajo es de los Diputados con l autoridad que les otorga el Congreso para que puedan analizar la ética o moral de sus leyes y modificar el sentido de sus acciones en materia jurídica. El poder judicial solo ejecuta las leyes que le marca el Congreso de la República de igual forma al presidente y vicepresidente del Poder Ejecutivo. Revisemos el sentido fundamental de la creación de los Derechos Humanos en el mundo; estos surgen después de la Segunda Guerra Mundial y van dirigidos a la conducta violatoria de los gobernantes sobre sus ciudadanos y llegan a ser una conciencia moral y ética de la humanidad que conforme van pasando los años se ha convertido en un querellante ante los gobiernos que firmaron los Acuerdos o Convenios para la existencia en su propia nación. ¿Quien es el ciudadano y porque adquiere esta identidad en la nación? En primer lugar se la otorga la Constitución de la Republica quien le reconoce el derecho de nacimiento como guatemalteco y el segundo, el reconocimiento y otorgamiento de la ciudadanía al extranjero no nacido en nuestra nación y a partir de esta identidad ciudadana adquiere derecho y obligaciones civiles (nadie por encima de la ley). ¿Puede perderse la identidad ciudadana SI. 1. Si el guatemalteco o extranjero que no cumple con sus derechos y obligaciones constitucionales, es decir, que por voluntad propia no desea someterse a las leyes que rigen a la población y no adquiere ninguna identificación (acta de nacimiento, pasaporte, Cedula de Vecindad etc) 2. El guatemalteco o extranjero que reniega de su nacionalidad e identidad guatemalteca para convertirse en traidor a la patria y ejecuta todo acto vandálico contra la sociedad, violando la seguridad nacional y desestabilizando al gobierno en funciones que representan al Estado.3. El que por imposición ideológica política somete al Estado y gobierno en un totalitarismo y una anarquía gubernamental que viola las leyes constitucionales para someter a sus ciudadanos. 4. Los grupos disfrazados de con nacionales dentro y fuera del la nación que someten al Estado y gobierno a intereses particulares o de grupos que van dejando secuelas de terror y miedo y aun peor: matando, masacrando, torturando y desapareciendo a ciudadanos guatemaltecos cada día para lograr sus propósitos. Los Derechos Humanos dejarían de ser Derechos humanos si a estos NO CIUDADANOS son protegidos por esta institución mundial que con el pretexto de una moral natural y una justificación ética de salvaguardar la vida o que con pretextos jurídicos quieran violar las constituciones de cada país donde se encuentran ejerciendo sus funciones. El ser humano del siglo XXI a crecido en el desarrollo racional para actuar sujeto a leyes y comprometido a cumplir con sus derechos y obligaciones ciudadanas; el actuar como viles animales sin compasión o sentimientos y sin responsabilidad automáticamente su derechos humanos están en tela de juicio y a discusión según sus acciones despiadadas contra sus propios conciudadanos ¿se protege al ciudadano con derechos y obligaciones o se protege al violador de estos mismo derechos humanos?
  13. Roberto Ximenej: (2010-07-29 04:47:55 horas)
    Indulto o no, la pena de muerte no ha solucionado ningún problema social y menos el de la violencia. Las estadísticas no mienten e inclusive en los países en que la pena de muerte se usó como maquina desgranadora, solo vino a demostrar que son las raíces de la violencia las que hay que atacar y esta son la pobreza y hambre crónica, la falta de salud, educación y oportunidad con igualdad. La pena de muerte es como querer hacer limpieza escondiendo la suciedad, en más suciedad. La pena de muerte ha sido también la herramienta de oligarquías para deshacerse de sus enemigos, algo que ni los en pro la pena o los hipócritas detractores del aborto (es decir los que se creen defensores de la vida) les gusta mencionar.
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