En la edición del Diario de Centro América (Diario Oficial) correspondiente al jueves 2 de este mes fue publicada la resolución de fecha 9 de agosto del 2010...
En la edición del Diario de Centro América (Diario Oficial) correspondiente al jueves 2 de este mes fue publicada la resolución de fecha 9 de agosto del 2010, dictada por la Corte de Constitucionalidad (CC) dentro de los expedientes acumulados 2738-2009 y 3330-2009, por medio de la cual se decreta la suspensión provisional, por notoria violación a la Constitución, de los Artículos 2, último párrafo, inciso e), 3, 4, 5, 6, incisos a), b), c), g), h) e i), 7, incisos b), c), d) y e), 8, 12, incisos a), b), c) y j), y 13 del Acuerdo Municipal # COM 010-09 de fecha 1 de abril del 2009, del Concejo Municipal de la Municipalidad de Guatemala, que contiene el Reglamento para la Circulación de Motocicletas de los Prestadores de Servicios de Entrega a Domicilio en el Municipio de Guatemala.
Las referidas disposiciones reglamentarias pretendían que las empresas que ofrecen servicio a domicilio en motocicleta sometieran sus vehículos y trabajadores a distintos tipos de control y registro en la Empresa Metropolitana Reguladora de Tránsito (Emetra). Asimismo, demandaban la uniformidad e identificación de los empleados y pagos por permisos.
La respectiva Acción de Inconstitucionalidad General Parcial fue presentada por el señor David Alfonso Ortiz Rímola.
Sin duda, este es otro sano precedente que sienta la CC ante los abusos de la comuna capitalina y que alienta a los vecinos de la Capital a oponerse a los mismos a través de las vías legales.
Las notorias ilegalidades en que incurre el ayuntamiento capitalino abundan. Por ejemplo: A) La obligación de pagar las multas por infracciones de tránsito, sin cumplir el debido proceso y sin respetar el derecho de defensa, para poder cancelar el Impuesto de Circulación de Vehículos; B) El pago del boleto de ornato, a pesar de existir doble tributación; C) El pago de las licencias municipales, a pesar de ser arbitrios no autorizados por el Congreso; D) Las multas de parquímetros, a pesar de exceder por mucho el impuesto omitido; E) Los reavalúos inmobiliarios arbitrarios y abusivos; F) El impuesto a la basura; y G) La “donación onerosa” del Transmetro.
Así como se tuvo el carácter y la entereza de impugnar el citado Reglamento, los vecinos deben perder el miedo y defender sus legítimos derechos de cara a los abusos municipales. ¡Ánimo!
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