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Guatemala, jueves 09 de septiembre de 2010

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Cartas del Lector:

Un desastre

Luis Arturo Pimentel

Fuente menor Fuente normal Fuente grande
El Código Civil guatemalteco fue elaborado por Federico Ojeda Salazar, quien hizo acopio de la experiencia, normativas similares de otros países y de la herencia del Derecho romano, cuya influencia ha perdurado a través de los siglos. Estructuró dentro del mismo, el Capítulo XI que regulaba el Registro Civil, como dependencia de las municipalidades. Durante décadas esa parte útil y necesaria del viejo Código normó de manera eficiente, actos y hechos del estado civil de los guatemaltecos. El legislador que creó la ley que dio vida al Registro Nacional de las Personas (Renap), de manera irreflexiva e irresponsable, derogó dicho capítulo y ni por asomo incluyó normas que de alguna forma suplieran aquellas que con tanta sabiduría regularon nuestra vida de relación social, en ese importantísimo estadio de la vida civil; por el contrario, crearon un mamotreto, yermo, árido, sin procedimiento alguno, plagado de vacíos y lagunas legales, que sólo enumera los requisitos para inscribir documentos y nombrar empleados. El resultado está a la vista: un desastre.
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