La ley obliga a las dependencias del Estado a dar a conocer cuánto ganan sus empleados, pero los funcionarios que las dirigen se las ingenian de varias maneras para ocultar sus ingresos reales y totales.
elPeriódico se dio a la tarea de revisar los portales electrónicos de las instituciones públicas a las que la Ley de Acceso a la Información obliga a publicar la lista de todos sus trabajadores, el cargo que ocupan y el salario que devengan.
La ley clasifica estos datos como “información pública de oficio” y establece que deberían estar disponibles para cualquier ciudadano, en cualquier momento. No obstante, en la práctica, la mayoría de entidades obedece la norma a medias o la incumple descaradamente.
La búsqueda de elPeriódico permitió agrupar a las entidades del Estado en cuatro grupos. Están las que solapan el ingreso total de sus empleados –sobre todo de los altos directivos– y reportan una parte de lo que la ley considera salario.
Publican los sueldos nominales, pero omiten el pago de dietas, gastos de representación, bonos y otras remuneraciones.
Están en segundo lugar las instituciones que no publican la información y obligan al ciudadano a presentar un requerimiento físico o electrónico ante su Unidad de Acceso a la Información. El solicitante tendrá que esperar hasta 10 días hábiles para que le den el dato que, con bastante probabilidad, no serán los sueldos totales.
En el tercer puesto se encuentra el bando de las dependencias que niegan totalmente la información y arguyen que es “reservada”. Y por último se encuentran las entidades que sí reportan los ingresos totales de sus empleados, pero hay que buscarlos en distintos enlaces y renglones. Algo así como armar un rompecabezas.
La Ley, la trampa
En las páginas electrónicas de las entidades públicas reguladas por la Ley de Acceso a la Información debe existir un enlace que se llame Ley de Acceso a la Información o Información Pública. La mayoría de instituciones lo tiene. El problema es lo que contiene.
El visitante debería poder encontrar en estos portales los puestos y salarios, pero también el presupuesto de ingresos y egresos, los procesos de cotización y licitación, las contrataciones de servicios, los contratos de arrendamiento, el listado de las compras directas, entre otros datos.
También son considerados “información pública de oficio” los viajes que realizan los funcionarios y que se pagan con fondos públicos, incluidos el pago de boletos aéreos y viáticos. La mayoría de portales no actualiza esos datos.
¿Cuántas entidades cumplen con la ley y cómo lo hacen? Cada año, la Secretaría de la Comisión de Acceso a la Información del Procurador de los Derechos Humanos (PDH) presenta un informe de la supervisión de los portales electrónicos de los “sujetos obligados” a cumplir con la normativa.
En el informe de 2011, se señala que el 44 por ciento de las instituciones cumple “parcialmente” con la publicación de los nombres de los funcionarios y empleados y los salarios de cada cargo (incluidos los honorarios, dietas, bonos, viáticos “o cualquier otra remuneración económica que perciban por cualquier concepto”). El 32 por ciento de las instituciones “no cumple” y el 24 por ciento sí lo hace. Pero cuando se trata de informar sobre los asesores contratados, el porcentaje de los que incumplen totalmente se dispara a 44 por ciento.
La Secretaría del PDH monitoreó una muestra de 68 entidades y les asignó una calificación de cumplimiento que va de 0 a 100. El Ministerio de Gobernación obtuvo 100 puntos y la Secretaría General de Planificación el segundo lugar con 96.6.
Pero hay organismos, como el Judicial, que obtuvieron la penosa nota de 12.8 puntos y el Ministerio Público, 9. La Procuraduría General de la Nación (PGN) perdió el examen con 0.6 puntos y el Registro General de la Propiedad (RGP) lució un 0. El informe del PDH será presentado este mes. elPeriódico tuvo acceso a una versión preliminar.
“Es confidencial”
La Ley de Acceso a la Información entró en vigencia el 21 de abril de 2009. Poco a poco, los funcionarios han comprendido que sus ingresos, pagados con fondos públicos, no pueden ser considerados privados. Sin embargo, muchos aún desconocen la norma o rehúyen acatarla.
En la página de la PGN, por ejemplo, no figuran los contratos 011, entre los que se encuentra el Procurador, Larry Robles. Su oficina de comunicación indicó que, según Recursos Humanos, era un dato “confidencial”. Poco después, el Procurador corrigió y aseguró que desconocía que su sueldo no estaba en el portal. Prometió que ese día lo publicaría, pero no sucedió. Según el detalle que envió a elPeriódico, Robles gana Q33 mil 133 mensuales (líquidos).
El mismo requerimiento se le hizo a la Superintendencia de Bancos (SiB). La respuesta de la oficina de comunicación fue que no se dará la información porque es “reservada”. La entidad se apoya en el Artículo 23 de la ley que reza que lo es “aquella que pueda ‘dañar la estabilidad económica, financiera o monetaria del país’” y la que “guarde relación con aspectos de vigilancia e inspección por parte de la Superintendencia de Bancos”. También se ampara en el Artículo 4 de la misma ley que exime de dar información de salarios y otras remuneraciones del personal “cuando se ponga en riesgo el sistema nacional de seguridad, la investigación criminal e inteligencia del Estado”.
elPeriódico inquirió por qué el dato de cuánto gana el Superintendente, Víctor Mancilla, atenta contra la estabilidad económica de Guatemala o pone en riesgo la investigación criminal del Estado. La oficina de comunicación ofreció concertar una entrevista con Mancilla para que él exponga los argumentos.
Otras instituciones que no publican los salarios de sus trabajadores son el Instituto Nacional de Electrificación, la Universidad de San Carlos, el Instituto de Fomento Municipal, la Presidencia de la República y la Contraloría General de Cuentas. Entre los funcionarios que sí publican sus ingresos totales están el PDH, quien en enero pasado incluyó el pago de gastos de representación a su ingreso.
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