Si no generalizada, la costumbre de ocultar a los verdaderos propietarios de una sociedad mediante el uso de prestanombres es común en el país.
Hay bufetes de abogados que ofrecen el servicio e incluso venden sociedades ya constituidas por sus empleados, listas para ser utilizadas, algo similar a lo que ocurre en países como Panamá. “elPeriódico” les pidió a cuatro abogados y notarios su opinión sobre este tipo de prácticas, que, aunque son legales, plantean un dilema ético. Coinciden en condenar el uso de testaferros no solo como una herramienta que atenta contra el espíritu del Código de Comercio, sino como un potencial instrumento para el delito. Las divergencias se encuentran en cómo combatir estas prácticas. Mientras unos piden más leyes penales y regulaciones precisas, otros temen que se obstaculice la libertad económica y reclaman mayores controles internos en el gremio.
"Tomamos como política no prestarnos a esas prácticas"
Álvaro Castellanos
Exdecano de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Rafael Landívar y socio de Consortium Abogados.
¿Es una práctica generalizada entre los abogados ofrecerles testaferros a sus clientes?
– Hace unos 15 años comenzó a hacerse para responder de manera puntual a ciertas necesidades auténticas, pero se ha generalizado. Ya no es una petición que reciben a veces los abogados, es un servicio que se ofrece. Nuestra firma hizo una reflexión ética a este respecto, y tomamos como política no prestarnos a estas prácticas.
¿No lo consideraron ético?
– Evidencia una carencia de accountability (responsabilidad) del profesional, y es un problema que nos remite a uno más profundo: la necesidad de refundar nuestro sistema notarial, para que los abogados no se conviertan automáticamente en notarios. Somos el único país latino en el que no se ha realizado ninguna reforma para separar ambas funciones.
¿Qué fue antes: la demanda de los clientes o la oferta de los abogados?
– Lo veo como un acto de “creatividad notarial”, pero los clientes se han acostumbrado y algunos están encantados. Ahora hemos llegado al punto en que hay firmas de abogados que crean sociedades solo para ofrecerlas a sus clientes y que estos las utilicen.
¿De dónde debe venir la regulación?
– El Código de Comercio tiene que establecer controles para evitar que se viole el espíritu que motiva la creación de sociedades anónimas. Creo que el Registro Mercantil también debe intervenir, debe estar facultado para regular y verificar, no limitarse a inscribir. Además, el Colegio (de Abogados) debe castigar a quien incurra repetidamente en estas prácticas.
"Los buenos clientes son serios"
Enrique Möller Sánchez
Excandidato de Alternativa Independiente a la Junta Directiva del Colegio de Abogados y Notarios, Möller Abogados y Notarios.
¿En qué circunstancias es legítimo que un abogado y notario inscriba a una sociedad a nombre de una persona que no está relacionada con ella?
– La ley permite que, por ejemplo, dos abogados constituyan una sociedad para personas que están en el extranjero, pero, cuando esos inversionistas ya se instalan en el país se deben endosar las acciones y trasladar la representación legal. También es legítimo que un abogado tenga una cartera de sociedades sin actividad para venderlas a sus clientes porque la necesitan para un negocio que debe hacerse rápidamente, pero se debe formalizar el traspaso en cuanto la sociedad comience a funcionar. En cualquier otra circunstancia no está justificado.
¿Se lo han pedido a usted?
– En 17 años de ejercicio, digamos que nos lo han pedido y que lo hemos rechazado porque ese no es nuestro trabajo. Los buenos clientes realmente son serios y no quieren que pongamos de administrador o socio a un empleado.
¿Más regulación legal es necesaria?
– No se debe complicar la creación de sociedades y el comercio solo porque algunos cometan abusos.
¿No es recomendable penalizar la figura del testaferro?
– No estoy seguro. Se podría considerar solo como un agravante en casos en los que una sociedad incurra en otros delitos.
¿Y más regulación interna en el gremio?
– Los notarios deben ser conscientes de la importancia de su fe pública, y el Colegio debe hacerles sentir que, si incumplen, pueden perder su licencia y su forma de vida.
"Libertad de establecer contratos”
Ricardo Sagastume Morales
Expresidente del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios y abogado corporativo.
La utilización de testaferros se suele justificar por motivos de seguridad. ¿Es legítimo?
– El miedo a los secuestros y las extorsiones fue el origen, hace años, pero en la actualidad se han desvirtuado esas razones. Ya no sirven para evitar delitos, sino que, en muchas ocasiones, son un instrumento para su comisión. Es evidente que el objetivo de las sociedades anónimas, al igual que el de las ONG, se ha distorsionado. Ahora se crean con un testaferro y se venden al mejor postor.
Pero una cosa es que se utilicen y otra cosa es que los abogados promuevan su uso.
– Y no solo eso. Tampoco se constituirían sociedades con testaferros si no hubiera notarios que se prestan al juego.
¿Se debe perseguir el testaferrato en sí mismo como un delito?
– Es complicado porque muchas veces quien busca ocultar su identidad en una sociedad es precisamente para cometer un delito o esquivar una prohibición, como un funcionario. Entonces, hay que proteger a los terceros que se puedan ver dañados por las acciones de una sociedad y buscar a los verdaderos responsables. Eso ya se puede hacer con las leyes actuales.
¿Entonces no está de acuerdo con el paquete de leyes de transparencia que se discute en el Congreso?
– No estoy de acuerdo con que no haya habido una discusión amplia. El Colegio de Abogados, hasta ahora, tampoco ha tenido incidencia en la discusión. El análisis debe ser cuidadoso para que las regulaciones no obstaculicen el comercio ni la libertad de establecer contratos.
"Un notariado regulado por el Estado"
Alfredo Cabrera
Presidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala.
¿Hay sanciones previstas en el Colegio para los abogados que se presten a crear sociedades con testaferros?
– El Tribunal de Honor podría plantearse actuar si hay una denuncia, pero hasta el momento no se ha recibido ninguna denuncia de esas características. Hay que tener en cuenta que la ley lo permite y que, aunque parezcan testaferros, a veces no lo son. Por ejemplo, pueden ser gestores de negocios o administradores temporales de una sociedad formada por extranjeros.
¿Separar la función notarial podría contribuir a reducir este problema?
– Es un debate pendiente y en el que debemos participar los profesionales y la academia. Yo vería positivo que se sacara el notariado del pénsum de las universidades, y que fuera una función regulada totalmente por el Estado a la que solamente se podría acceder mediante un concurso de oposición.
¿Cómo debe ser una ley que persiga el testaferrato?
– Puede convertirse en un delito en sí mismo. En ese caso, la ley debería describir exactamente qué características debe tener y otorgarle al Registro Mercantil capacidad de supervisión mediante una reforma al Código de Comercio. O puede convertirse en un delito asociado a otros delitos; por ejemplo, los delitos contra el patrimonio o con los que están asociados al crimen organizado, pero la ley debe existir.
Por ejemplo, si usted inscribe a su cuñado como administrador de una sociedad que le pertenece, ¿debería ser eso un delito?
– Ese es un debate interesante que deberíamos tener.
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