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Guatemala, miércoles 04 de julio de 2012

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Economía:

Accionan contra el cierre preventivo de negocios

Los abogados del sector privado afirman que es una facultad de los tribunales, no de la SAT.

Redacción elPeriódico

Fuente menor Fuente normal Fuente grande
Ampliar imágen EP Foto:  Archivo > elPeriódico La SAT cerró 175 negocios de forma temporal mediante orden de juez competente.

Cierre temporal

 

Entre el 1 de noviembre de 2011 y el 30 de abril de 2012, la SAT cerró temporalmente un total de 175 negocios mediante sentencia firme emitida por un juez competente. Entre los negocios cerrados figuran bares, cantinas, cevicherías, hoteles y autohoteles, pastelerías, zapaterías, restaurantes, veterinarias, tiendas, farmacias, ventas de celulares y colegios.

"Los dos artículos violan la presunción de inocencia y el derecho de defensa”.

 

Stuardo Ralón, abogado.

El sector privado solicitó ayer a la Corte de Constitucionalidad (CC) que declare inconstitucional el Artículo 50 del Decreto 4-2012, Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario y el Combate a la Defraudación y Contrabando, conocida como Ley Antievasión II, que permite a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) cerrar preventivamente un negocio sin orden de juez competente, y el Artículo 31 que le faculta a aplicar  ajustes a los contribuyentes que considere que engañan al fisco.

 

La inconstitucionalidad parcial  fue interpuesta por la Cámara del Agro en marzo pasado, y a la misma se adhirieron el resto de asociaciones gremiales  que conforman el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) y la Cámara de Comercio de Guatemala. 

 

Stuardo Ralón, abogado de la Cámara del Agro, explicó durante la vista pública que las dos normas son violatorias de   la Constitución Política debido a que otorgan facultades discrecionales a la SAT que únicamente le corresponden a un juez competente.

 

Al respecto, argumenta que los dos artículos lesionan la presunción de inocencia y el derecho de defensa, ya  que la SAT puede cerrar un negocio sin acudir a un tribunal y demostrar la falta, o en el caso de simulación fiscal, calificar que un negocio tiene vicios. 

 

Los abogados de la SAT argumentaron en la vista que los dos artículos de la nueva legislación les proveen de herramientas necesarias para incrementar la recaudación.

 

Abelardo Medina, intendente de Recaudación de la SAT, indicó que no tienen ningún programa de cierre preventivo de negocios, y solo se ha aplicado en varios casos donde se acompañó al Ministerio de Gobernación y al Ministerio Público en operativos contra el contrabando y venta de celulares robados. 

 

La idea de aplicar el cierre preventivo de empresas  es en aquellos negocios que se les sorprenda  infraganti que no están registrados o que no emiten factura.

 

Tras escuchar los argumentos de las partes que participaron en la vista pública, los magistrados de la Corte de Constitucionalidad tiene un plazo  para resolver si dichos artículos de la Ley Antievasión II son inconstitucionales; en el caso del Artículo 31, de simulación fiscal, este ya fue suspendido de manera provisional por la CC.

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1 comentarios:

  1. Pedro Solares: (2012-07-04 12:22:28 horas)
    Pues yo recuerdo que el sector privado fue uno de los primeros que salio a felicitar al Gobierno por la exitosa aprobacion de la Actualizacion Tributaria, la cual dijeron era buena para el pais.
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